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Fondo de Liquidez Autonómico

Acceso a la consulta de pagos del Fondo de Liquidez Autonómico

INSTRUCCIONES PARA LA CONSULTA DE LAS OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA INCLUIDAS EN LA RELACIÓN PROPUESTA PARA EL PAGO CON CARGO AL FONDO DE LIQUIDEZ AUTONÓMICO.

En el marco de la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera modificada por la Ley Orgánica 4/2012, de 28 de septiembre, se aprobó por el Gobierno el Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones Públicas y en el ámbito financiero, por el que se crea un mecanismo de apoyo a la liquidez de las Comunidades Autónomas que permita atender los vencimientos de deuda de las mismas así como obtener recursos necesarios para financiar el endeudamiento permitido por la normativa de estabilidad presupuestaria.

La Comunidad Autónoma de Andalucía se ha adherido a este mecanismo de liquidez mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado el pasado 16 de octubre de 2012. La adhesión al mecanismo de liquidez conlleva la aceptación por la Comunidad Autónoma del cumplimiento de determinadas condiciones financieras y fiscales, así como al procedimiento para la utilización de los recursos procedentes del fondo de liquidez.

Las facturas o documentos acreditativos de la obligación de pago incluidas en este mecanismo han sido seleccionadas atendiendo a los criterios que se determinan en el programa aprobado por la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas para la puesta en marcha de este mecanismo.

En cumplimiento del procedimiento previsto, las Comunidades Autónomas facilitarán a los acreedores por medios electrónicos el listado de las obligaciones que vayan a pagarse a través de este mecanismo. A tal efecto, se ha habilitado en la página web de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía una ventana específica denominada “Fondo de Liquidez Autonómico” que permite consultar las facturas incluidas en este mecanismo.

Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el acceso queda restringido al ámbito de información del proveedor o acreedor por otras obligaciones de pago que acredite su identidad mediante certificado electrónico del mismo o, en su caso, del representante legal debidamente autorizado.

Al acceder a esta consulta, el sistema mostrará todas las facturas que han sido incluidas en este mecanismo indicando si están propuestas para el pago o abonadas por el Instituto de Crédito Oficial. En el caso de que no existan datos, el sistema indicará tal extremo.

Quienes no dispongan de certificado electrónico podrán obtener esta información dirigiéndose a cualquiera de los órganos gestores que hubieran tramitado los expedientes de gastos, quienes podrán facilitar los correspondientes datos previa acreditación de la identidad del solicitante.

Acceso a la consulta de pagos del Fondo de Liquidez Autonómico

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