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Modelo 810. Solicitud de devolución de fianzas de arrendamientos.

Generalidades

El modelo 810 se utiliza exclusivamente para solicitar la devolución de las fianzas de arrendamiento que hayan sido constituidas en régimen general (mediante 806, Papel de Fianzas u otros tipos de carta de pago).

Normativa aplicable

La normativa aplicable coincide con la reseñada en esta oficina virtual para el modelo 806.

Fases del procedimiento

El procedimiento consta de las siguientes fases:

  1. PRIMERA FASE

    Se podrá acceder a la confección CON o SIN certificado digital.

    Si la confección del modelo la realiza SIN certificado Digital, al concluir la presentación, sólo se habilitará la opción de imprimir el formulario.

    Si la confección del modelo la realiza CON certificado Digital, al concluir la presentación, se habilitarán las opciones de imprimir el formulario u optar por la presentación telemática.

    La presentación telemática sólo es posible cuando el modelo 806 utilizado para el depósito de la fianza esté asociado a un expediente informatizado (FIANZARR o FIANARRE).

    Al acceder al ejemplar, en primer lugar, deberá especificar el Tipo de Constitución de la Fianza, seleccionando uno de las siguientes opciones:

    • Títulos al portador. Papel de Fianza.
    • Modelo de declaración 806.
    • Otros modelos de declaración/Carta de pago.
  2. En caso de indicar que la fianza fue constituida por modelo de declaración 806, se solicitará que especifique el número de este documento o el código de expediente en su defecto. En accesos con certificado digital deberá coincidir la titularidad del certificado con la de la fianza identificada por el 806, consignándose automáticamente los datos del arrendatario, arrendamiento y datos del inmueble, aunque estos podrán ser modificados.

    A continuación se deberán cumplimentar cada uno de los bloques del formulario:

    • Se le requerirán los datos identificativos, correspondientes al arrendador.
    • Se le requerirán los datos identificativos correspondientes al representante del arrendador. Si es el arrendador, no es necesario introducirlos. Datos opcionales.
    • Se le requerirán los datos del Arrendamiento que se constituyó. Recoge los siguientes datos:
      • Tipo de contrato de arrendamiento, vivienda o uso distinto de vivienda.
      • Fecha de celebración del contrato de arrendamiento.
      • Datos identificativos del arrendatario.
      • Datos identificativos del inmueble objeto del arrendamiento.
    • Se le requerirán los datos relativos a la devolución, especificando el motivo de la solicitud de devolución. En caso de ser motivada por una disminución de la renta, deberá consignar el nuevo importe de la renta mensual. En cualquier caso deberá consignar el importe de la fianza depositada y la renta mensual.
    • Por último se especificará el importe de la fianza a devolver a cada uno de los arrendadores, indicando para cada uno de ellos el número de cuenta bancaria en la que desea se le realice el abono indicado.
  3. SEGUNDA FASE

    Una vez consignados los datos y validados estos, se le presentará un resumen de la solicitud de devolución. Si está de acuerdo con las cantidades, podrá optar por imprimir el documento en formato PDF, o realizar la presentación telemática a través de la plataforma de pago telemática de la Junta de Andalucía.

    Si opta por la impresión debe tener en cuenta:

    Acrobat ReaderPara visualizar correctamente los documentos PDF, necesita Acrobat Reader 5.0 o superior. Si no lo tiene instalado, pulse en este icono para descargarlo

    Icono de Impresora Una vez descargado el modelo tributario, deberá imprimirlo en su impresora personal. Tenga en cuenta las siguientes instrucciones para la impresión.

  4. TRAMITACIÓN POSTERIOR

    3.1. Si optó por la presentación telemática de la solicitud de devolución a través de la plataforma de pago y presentación electrónica, no deberá realizar ningún trámite posterior.

    3.2. Si optó por la impresión de la solicitud de devolución, deberá presentar el modelo 810 en cualquiera de las oficinas de gestión de Fianzas de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía.También podrá presentarse por los medios y ante los órganos recogidos en el artículo 38 de La Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Con la solicitud no deberá aportar ninguna documentación adicional, salvo en los supuestos que se detallan a continuación:

    • Si el depósito fuese constituido mediante “Papel de Fianzas” u “otros modelos de declaración/Carta de Pago”, supuestos en los que, como indica el propio modelo 810, deberán ser entregados dichos justificantes.
    • Si el depósito fuese constituido mediante un modelo 806,  pero  con anterioridad a 01/01/2002 (fecha de comienzo del circuito informático) debería aportar con la solicitud  el ejemplar para el interesado de dicho modelo al objeto de facilitar su tramitación, pudiendo la Administración, en caso contrario, requerir su presentación.

    En ambos casos (apartados 3.1 y 3.2) , sin perjuicio de la potestad de la Administración de requerir datos y documentos en los supuestos previstos en las leyes y demás normas de aplicación (*).

    (*) En particular, además de las normas especificadas en el apartado "Generalidades" véase:

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