DECRETO 75/2007, DE 13 DE MARZO DE 2007, POR EL QUE SE REGULA EL SISTEMA DE PROVISIÓN DE PUESTOS DIRECTIVOS Y CARGOS INTERMEDIOS DE LOS CENTROS SANITARIOS DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD.

Disposición adicional única. Cobertura provisional de cargos intermedios.

  1. Desocupado temporalmente por su titular un cargo intermedio, debido a alguna de las causas que dan origen a reserva de puesto, se podrá proceder a su cobertura provisional, conforme al procedimiento de provisión establecido en el presente Decreto.
  2. La persona que desempeñe provisionalmente un cargo intermedio, con arreglo a lo dispuesto en el apartado anterior, cesará, en todo caso, cuando se produzca la incorporación de su titular.
  3. El período de cuatro años previo a la evaluación, establecido en el apartado 1 del artículo 15 del presente Decreto, quedará en suspenso durante el tiempo en que la persona titular no esté desempeñando efectivamente el cargo intermedio, reanudándose dicho periodo tras su reincorporación, todo ello, sin perjuicio de las evaluaciones que proceda realizar a la persona que desempeñe provisionalmente el cargo intermedio, durante la ausencia de la persona titular y a efectos de su continuidad en el cargo intermedio.