Última actualización:
01-04-2013

4.2.2. VARIACIONES DE NÓMINAS ESPECÍFICAS DEL PERSONAL DEL S.A.S.
4.2.2.7. NOMBRAMIENTO DE INTERINOS DE INSTITUCIONES SANITARIAS POR INEXISTENCIA O AUSENCIA DEL TITULAR DE LA PLAZA (farmacéuticos y veterinarios).
Decreto 70/2008, de 26 de febrero


A. FISCALIZACIÓN PREVIA
SE REALIZARÁ POR LA UNIDAD DE INTERVENCIÓN CORRESPONDIENTE A TRAVÉS DEL PROGRAMA SIRhUS A LA VISTA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
A.1.
Propuesta de nombramiento
 
A.2.
Fotocopia compulsada del título académico o profesional exigible (salvo que conste ya inscrito).
 
A.3.
Fotocopia compulsada del DNI del interesado.
 
A.4.
Declaración del interesado de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad ni haber sido separado del servicio.
 
A.5.
Declaración del interesado de estar en posesión de la capacidad funcional para el desempeño del puesto o documento acreditativo equivalente.
 
Actuación de la intervención
LA INTERVENCIÓN COMPETENTE COMPROBARÁ CON LA DOCUMENTACIÓN ANTERIOR LOS EXTREMOS PREVISTOS EN EL ART. 7 DEL R.I.J.A. Y VALIDARÁ O RECHAZARÁ EL NOMBRAMIENTO EN EL PROGRAMA SIRhUS.

ADEMÁS, A EFECTOS DE LA INCLUSIÓN EN NÓMINA DEL EXPEDIENTE, LA INTERVENCIÓN REALIZARÁ LA MISMA ACTUACIÓN EN EL PROGRAMA GERHONTE, PARA LO CUAL EL ÓRGANO GESTOR HABRÁ DEBIDO MECANIZAR EL EXPEDIENTE EN ESTE PROGRAMA.

B. ALTA EN NÓMINA
REMISIÓN A LA INTERVENCIÓN COMPETENTE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN, EN CASO DE QUE LA VARIACIÓN HUBIERA SIDO SELECCIONADA PARA SU EXAMEN:
B.1.
Copia del nombramiento o confirmación telemática del mismo.
 
B.2.
Inscripción en el Registro General de Personal
 
Actuación de la intervención
A LA VISTA DE LA DOCUMENTACION ANTERIOR LA INTERVENCION COMPROBARÁ LOS SIGUIENTES EXTREMOS:
  • El expediente fue fiscalizado de conformidad en el sistema SIRhUS.
  • El nombramiento consta inscrito el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.
  • Correcta mecanización de las claves de categoría y clase de personal.
  • Correcta asignación de las retribuciones. (VER INSTRUCCIÓN QUINTA DE LA RESOLUCION 55/2010)
  • Descuentos practicados
 
Nota Previa

El artículo 24 del Decreto 70/2008, de 26 de febrero, por el que se regula la plantilla orgánica, las funciones, las retribuciones, la jornada y horario de trabajo, el acceso y la provisión de puestos de trabajo del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades de Farmacia y Veterinaria, dispone que desocupado un puesto de trabajo dotado presupuestariamente por inexistencia o ausencia de su titular, si razones de oportunidad o urgencia así lo aconsejan y la cobertura del mismo se considera necesaria, podrá ser ocupado de manera provisional hasta tanto no se proceda al nombramiento ordinario de su titular, tenga lugar la reintegración de éste a sus funciones o se produzca la supresión del puesto, por cualquier persona ajena a la Función Pública que reúna la titulación y los demás requisitos exigidos para el desempeño del mismo.

Asimismo, podrá nombrarse personal funcionario interino conforme a lo previsto en el artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, con las condiciones establecidas en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para cada año y será realizado por la DGP y DP.

El procedimiento de selección de personal funcionario interino será el establecido con carácter general para la selección del personal temporal de los Centros e Instituciones del Servicio Andaluz de Salud en el Decreto 136/2001, de 12 de junio, que regula los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de puestos base en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.