Cuenta General 2018

400 CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA 2018 AGENCIA ANDALUZA DE EVALUACIÓN EDUCATIVA. MEMORIA – Elaborar y evaluar los indicadores de calidad del sistema educativo andaluz, anali- zando sus resultados y realizando propuestas de mejora. – Realizar evaluaciones generales de diagnóstico de las competencias básicas alcanza- das por el alumnado y analizar los resultados globales de las mismas. – Evaluar el funcionamiento de los centros docentes, los programas y los servicios edu- cativos y, en su caso, acreditar los logros alcanzados de acuerdo con lo que a tales efectos se establezca. – Evaluar las actividades docentes y de gestión del profesorado, así como la función directiva, la formación del profesorado y la inspección educativa y acreditar, en su caso, los méritos a efectos de la promoción profesional y de la asignación de comple- mentos retributivos. – Evaluar la consecución de los objetivos educativos propios de cada centro docente público para la mejora de los rendimientos escolares, fijados en su Plan de Cen- tro y previamente acordados con la Administración educativa, para la asignación de los incentivos económicos a que se refiere el artículo 21 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre. – Establecer los procedimientos de evaluación y dar publicidad a los mismos. – Cualesquiera otras potestades administrativas necesarias para el ejercicio de las fun- ciones a que se refiere el apartado anterior. Para el ejercicio de las funciones y potestades administrativas recogidas en los apartados anteriores, la Agencia podrá contar con la inspección educativa. Los órganos de gobierno y dirección de la AAEE son: – El Consejo Rector. – La Presidencia. – La Dirección General. La Comisión Técnica de Evaluación y Certificación es el órgano colegiado de carácter téc- nico de evaluación de la Agencia, y el Consejo Rector, presidido por la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, es el órgano superior de la entidad, que ostenta la alta dirección y el gobierno de la Agencia y establece las directrices de actuación de la misma, de conformidad con las emanadas de la Consejería de Educación. Según se establece en la disposición final primera del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte “en el plazo máximo de seis meses se procederá a la extinción de la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, conforme a lo establecido en el artículo 60.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, mediante Decreto del Con- sejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de Educación y Deporte, y previo informe de las Consejerías competentes en materia de hacienda y de administración pública en el que conste la integración en el patrimonio de la Comunidad Autónoma de los bienes y derechos que, en su caso, resulten sobrantes de la liquidación de la entidad, para su afectación a servicios de la Administración de la Junta de Andalucía.

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