Cuenta General 2018

AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCÍA MEMORIA / Ejercicio 2018 E l artículo 38.3 del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía aprobado mediante Decreto 4/2012, de 17 de enero, establece que “de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102.2 del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, las cuentas anuales se formularán por la Dirección de la Agencia”. El citado texto legal ha sido modificado estableciendo en su artículo 107 que “la Cuenta General se formará por la Intervención General de la Junta de Andalucía con las cuen- tas de cada una de las agencias, así mismo dispone que, las entidades cuyas cuentas deban integrarse en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía deberán presentar a la Intervención General de la Junta de Andalucía, sus cuentas debidamente aprobadas por el respectivo órgano competente antes del 1 de agosto del año siguiente a aquel al que se refieran, en la forma que establezca el citado centro directivo”. En su virtud se formulan las Cuentas Anuales de la Agencia Tributaria de Andalucía correspondientes al ejercicio 2018 y se presentan al Consejo Rector para su aprobación de acuerdo con el artículo 14 del Decreto 4/2012, de 17 de enero. El Director de la Agencia Tributaria de Andalucía

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