Cuenta General 2018

914 b) La gestión, inspección, liquidación y recaudación, por delegación del Estado, de los tributos estatales totalmente cedidos a la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 181.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. c) La gestión, inspección, liquidación y recaudación de los recargos que puedan estable- cerse sobre los tributos estatales. d) El ejercicio de la potestad sancionadora en relación con todos los tributos y recargos cuya aplicación corresponda a la ATRIAN. e) La recaudación en periodo ejecutivo de los ingresos de derecho público de naturaleza no tributaria de la Comunidad Autónoma. f) La revisión en vía administrativa de los actos y actuaciones de aplicación de los tribu- tos, de ejercicio de la potestad sancionadora en materia tributaria y de recaudación en periodo ejecutivo de los demás ingresos de derecho público de la Comunidad Autó- noma, salvo las reclamaciones económico-administrativas y la revisión de actos nulos de pleno derecho. g) Las funciones que se le atribuyan por el Consejo de Gobierno en relación con los demás tributos del Estado recaudados en Andalucía, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 180.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. h) La colaboración y coordinación con las demás Administraciones tributarias y, en par- ticular, la participación en el consorcio al que se refiere el artículo 181.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, sin perjuicio de las atribuciones de la Consejería com- petente en materia de Hacienda. i) Las que pueda asumir por delegación en relación con la aplicación de los tributos locales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 181.4 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. j) Las que le atribuyan expresamente las leyes de Andalucía y los reglamentos dictados de conformidad con las previsiones específicas de una ley, así como cualquier otra actividad, competencia o función que específicamente se le atribuya en relación con los tributos y demás ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Contrato de Gestión y Plan de Acción anual Según la Ley de creación de la Agencia, la actuación de esta se producirá con arreglo al contrato plurianual de gestión que contiene los objetivos a perseguir, tanto estraté- gicos como específicos, los programas necesarios para su consecución, los resultados a obtener y los indicadores que permitan su evaluación. Así mismo, se incluye el marco de actuación en materia de gestión de recursos humanos y las previsiones de personal y presupuestarias. El régimen especial constituye un modelo de gestión y organización basado en la con- secución de objetivos, en su evaluación y, especialmente, en la responsabilidad por los resultados de su actuación. CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA 2018 AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCÍA. MEMORIA

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