Presentación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2020


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II.1. Estructura

La Intervención General de la Junta de Andalucía formula la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio 2020 de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (en adelante TRLGHPJA), aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 55 de la actual Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía, de aplicación para la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, a partir del 1 de enero de 2015.

La Orden de 7 de septiembre de 2020, por la que se modifica la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 19 de febrero de 2015, en su artículo primero en el punto 2, modifica el ámbito de aplicación, incluyendo a los consorcios referidos en el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; así como a las agencias públicas empresariales contempladas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

La Cuenta General, conforme a los artículos 105 a 107 del mencionado TRLGHPJA, agrupa el conjunto de las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería llevadas a cabo durante el ejercicio por la Administración de la Junta de Andalucía, agencias, instituciones, consorcios, sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz y fondos carentes de personalidad jurídica regulados en el artículo 5.5.

Los estados que componen la Cuenta son los previstos en los artículos 105.2 a 106 del TRLGHPJA y en el artículo 56 de la mencionada Orden de 19 de febrero de 2015, así como en el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial, aprobado por Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 30 de marzo de 2015.

Como novedad, en la Cuenta General del ejercicio 2020, se producen una serie de cambios debidos a las modificaciones introducidas en el TRLGHPJA, por la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, de las que a continuación se detallan las más relevantes, desde el punto de vista de la formación de la Cuenta General:

1. La modificación de los apartados 2 y 3 del artículo 107 del TRLGHPJA, por la disposición final primera de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, que en su nueva redacción establece lo siguiente:

“2. La Cuenta General de cada año se formará antes del 10 de julio del siguiente y se remitirá al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas de Andalucía para su examen y comprobación antes del 31 de julio.

3. A efectos de lo dispuesto en los dos apartados anteriores, las entidades cuyas cuentas deban integrarse en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía deberán presentar a la Intervención General de la Junta de Andalucía sus cuentas, debidamente aprobadas por el respectivo órgano competente, antes del 10 de julio del año siguiente a aquel al que se refieran, en la forma que establezca el citado centro directivo.”

Con esta modificación se ha producido un adelanto de fechas en la tramitación y formación de la Cuenta General.

2. Conforme a la modificación de los apartados 2, 3 y 4 del artículo 105 del TRLGHPJA, cambian los estados que componen la Cuenta General y su contenido, como a continuación se detalla:

“En relación con la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias administrativas, de régimen especial y demás entidades sometidas a contabilidad presupuestaria, los estados que componen la Cuenta General son los siguientes:

a) El balance.

b) La cuenta del resultado económico patrimonial.

c) El estado de cambios en el patrimonio neto.

d) El estado de flujos de efectivo.

e) El estado de liquidación del presupuesto dividida en cuatro partes:

1.º Estado de las modificaciones de crédito.

2.º Liquidación del presupuesto de gastos.

3.º Liquidación del presupuesto de ingresos.

4.º Resultado del ejercicio.

f) La Memoria.

También formarán parte del contenido de la Cuenta General:

a) La cuenta general de la deuda pública y el endeudamiento de la Junta de Andalucía.

b) El estado relativo a la evolución y situación de los anticipos de tesorería.

c) La cuenta de avales otorgados por la Junta de Andalucía.

d) La cuenta del inmovilizado.

En relación con las sociedades mercantiles del sector público andaluz, fondos carentes de personalidad jurídica, fundaciones y otras entidades referidas en el artículo 5.3, la información contable que se integra en la Cuenta General estará constituida por las cuentas anuales presentadas conforme al Plan General de Contabilidad de aplicación. Junto a estos estados se incluirá, en los casos que proceda, la memoria y el informe de auditoría.”

3. Buscando la eficiencia, ya desde la propia configuración y funcionamiento del sector público instrumental, para aumentar el número de organismos que abandonan el régimen de presupuesto estimativo de explotación y capital y que pasan a un régimen de contabilidad presupuestaria, la disposición final primera completa la modificación del régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y control de los consorcios, en la que transitan de una contabilidad no presupuestaria a presupuestaria.

Señalar que, por primera vez, el Presupuesto del ejercicio 2020 incluye los ingresos y gastos de los consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía, entre los que se encuentran los consorcios de transporte de la Comunidad Autónoma, así como de otros consorcios, como el Consorcio para el Desarrollo de la Sociedad de la Información y del Conocimiento en Andalucía Fernando de los Ríos, el del Palacio de Exposiciones y Congresos de Granada, el Parque de las Ciencias de Granada y el Sanitario Público del Aljarafe, como nuevas secciones presupuestarias. Estos consorcios, financiados mayoritariamente con fondos de la Junta de Andalucía, consolidarán sus cuentas con el Presupuesto andaluz e integrarán sus fondos en las políticas sectoriales correspondientes, de las que forman parte y a las que han estado contribuyendo, hasta ahora, fuera del ámbito del Presupuesto.




Estados de la Cuenta General

1. Relativos a la Junta de Andalucía y sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial

En su nueva redacción el artículo 105.1 del TRLGHPJA establece que la Cuenta General comprenderá todas las operaciones presupuestarias, patrimoniales y de tesorería llevadas a cabo durante el ejercicio por la Administración de la Junta de Andalucía, agencias, instituciones, consorcios, sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz y fondos carentes de personalidad jurídica regulados en el artículo 5.5.

La estructura que presenta es la recogida en el artículo 105.2 del TRLGHPJA, conforme se detalla en el apartado anterior.

En sus respectivas Memorias se resaltan las variables más significativas de la Cuenta General, referidas a la totalidad de las operaciones de ingresos y gastos, efectuadas durante el ejercicio 2020 dentro de su ámbito de actuación.

Así, conforme a la nueva estructura de la Cuenta General, en primer lugar se analizan los resultados del ejercicio, en términos financieros, de acuerdo con el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de Andalucía, sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial, compuesto por los siguientes estados:

Balance de Situación: comprende los bienes y derechos, así como los posibles gastos diferidos que constituyen el activo de la entidad y las obligaciones y los fondos propios que forman el pasivo de la misma.

Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial: incluye, de forma separada, los ingresos y beneficios del ejercicio y los gastos y pérdidas del mismo y, por diferencia, el resultado, que podrá ser de ahorro o desahorro.

Estado de cambios en el patrimonio neto: tiene tres partes: a) estado total de cambios en el patrimonio neto, b) estado de ingresos y gastos reconocidos y c) estado de operaciones con la entidad o entidades propietarias.

Estado de flujos de efectivo: informa del origen y destino de los movimientos habidos en las partidas monetarias de activo representativas de efectivo y otros activos líquidos equivalentes, e indica la variación neta sufrida por las mismas en el ejercicio.

Y a continuación se analizan los resultados obtenidos en el ejercicio en términos presupuestarios según se establece en el artículo 105.2.e), que divide el estado de liquidación del presupuesto en cuatro partes detalladas a continuación:

Estado de las modificaciones de crédito, distinguiendo por tipos de modificaciones y su incidencia sobre los estados de ingresos y gastos del Presupuesto, a nivel de capítulos y de programas.

Liquidación y ejecución del presupuesto de gastos, incluyendo el estado de las obligaciones pendientes de pago y de los compromisos de gastos adquiridos con cargo a presupuestos de ejercicios futuros, así como de los libramientos pendientes de justificar; y resumen de la ejecución del presupuesto de gastos con financiación afectada.

Liquidación y ejecución del presupuesto de ingresos, incluyendo el estado de los derechos pendientes de cobro.

Resultado del ejercicio, concretados en los estados del resultado presupuestario, de la tesorería, del remanente de tesorería y de la variación de activos y pasivos. El remanente de tesorería tanto de la Junta de Andalucía como de las Agencias Administrativas y de Régimen Especial, se presenta corregido por los derechos pendientes de dudoso cobro, de acuerdo con la recomendación de la Cámara de Cuentas de Andalucía y los Principios Contables Públicos.

Por último la Memoria que completa, amplía y comenta la información contenida en los estados anteriores. Se debe informar de las normas de reconocimiento y valoración aplicadas y de otra información adicional que se considere relevante para la comprensión por las personas usuarias de las cuentas anuales. Incluye indicadores financieros y patrimoniales.

Además de los estados propios de la Junta de Andalucía y de las Agencias Administrativas y de Régimen Especial, el resultado presupuestario y el remanente de tesorería se presentan consolidados con las Agencias Administrativas y de Régimen Especial, corregido este último por los derechos pendientes de dudoso cobro.

En el ejercicio 2020, la Junta de Andalucía se configura en treinta y siete secciones presupuestarias: once Consejerías, diez Agencias Administrativas, tres Agencias de Régimen Especial y once secciones adicionales. La codificación de las Consejerías y de las distintas agencias a ellas adscritas resulta del orden de prelación aprobado mediante el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

En relación con las Agencias Administrativas, se rinden las cuentas de las diez existentes actualmente:

– Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP)

– Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales (IPRL)

– Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de Producción Ecológica (IFAPA)

– Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA)

– Agencia de Defensa de la Competencia en Andalucía (ADC)

– Servicio Andaluz de Salud (SAS)

– Instituto Andaluz de la Mujer (IAM)

– Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ)

– Patronato de la Alhambra y el Generalife (PAG)

– Centro Andaluz de Arte Contemporáneo (CAAC)

En la Cuenta General del ejercicio 2020 se incluye el punto 9. “Información complementaria” que se compone de los siguientes apartados:

En el primero se recoge la información relativa al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

En el segundo epígrafe se analiza el Periodo Medio de Pago de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En el tercer apartado se incluye información relativa a la evolución de los Mecanismos Extraordinarios de Financiación.

En el punto cuatro se recoge la información relativa al saldo de obligaciones reconocidas pendientes de aplicar al Presupuesto, y contabilizadas en la Cuenta 413 para el conjunto de las Consejerías, Agencias Administrativas y Agencias de Régimen Especial de la Junta de Andalucía. A este respecto, se incluyen tablas de detalle de los movimientos realizados en dicha cuenta y la naturaleza económica de sus cargos y abonos.

En quinto lugar se incluye la información relativa a los efectivos y el gasto del personal de la Comunidad Autónoma de Andalucía a fecha 31 de diciembre del ejercicio 2020.

Y por último, en el punto seis se publica la información de las operaciones formalizadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía a través de proyectos de colaboración público-privada, en el que se incluye tanto el detalle de los créditos destinados a los mismos como los compromisos para ejercicios futuros.




2. Memoria de cumplimiento de objetivos programados

Dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 106.c) del TRLGHPJA de la Junta de Andalucía, se incluyen como anexo las Memorias de la Junta de Andalucía y de sus Agencias Administrativas y de Régimen Especial y de los Consorcios, una memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados, integrada por una breve introducción, una serie de fichas donde se contienen los objetivos previstos en el momento de la aprobación del Presupuesto y los alcanzados atendiendo a los indicadores previstos para cada programa, así como unos estados contables donde se refleja el grado de ejecución presupuestaria de cada programa. Se completa con una breve descripción individual de cada uno de los programas, donde se expone la finalidad última o propósitos del mismo, la normativa básica de regulación y se comentan las actividades, objetivos e indicadores que lo componen, además de los bienes o servicios sociales producidos y las circunstancias que han podido incidir en su desarrollo y grado de ejecución.




3. Cuentas de las Agencias de Régimen Especial

En la Cuenta General del ejercicio 2020 se incluyen las cuentas de las tres Agencias de Régimen Especial a las que hace referencia el artículo 2 de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018, que son, la Agencia Tributaria de Andalucía, el Servicio Andaluz de Empleo y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.

La creación de la Agencia Tributaria de Andalucía se realiza a través de la Ley 23/2007, aprobándose sus Estatutos mediante el Decreto 324/2009. El Servicio Andaluz de Empleo cambia su forma jurídica de Agencia Administrativa a Agencia de Régimen Especial a través de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público andaluz y sus Estatutos se aprueban mediante el Decreto 96/2011. Por último, también se autoriza la creación de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía en la mencionada Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público andaluz, aprobándose sus Estatutos mediante el Decreto 99/2011, de 19 de abril.

Las tres Agencias se configuran como Agencias de Régimen Especial de las previstas en el artículo 54.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, para realizar las actividades administrativas y demás funciones y competencias establecidas en su Ley de creación y cualquier otra actividad, competencia o función que específicamente se le atribuya.

Estas Agencias se someten al régimen de contabilidad pública, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo IV del Título V del TRLGHPJA.

La gestión contable y la rendición de cuentas de estas Agencias se rige por lo dispuesto en la Orden de 19 de febrero de 2015 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, sin más especialidades que las que se deriven de la aplicación de su Ley de creación y Estatutos.




4. Cuentas de las Agencias Públicas Empresariales y Sociedades Mercantiles del Sector Público Andaluz

Conforme establece el artículo 105.3 del TRLGHPJA, las sociedades mercantiles del sector público andaluz, fondos carentes de personalidad jurídica, fundaciones y otras entidades referidas en el artículo 5.3 del citado texto, la información contable que se integra en la Cuenta General estará constituida por las cuentas anuales presentadas conforme al Plan General de Contabilidad de aplicación. Junto a estos estados se incluirá, en los casos que proceda, la memoria y el informe de auditoría.

Finalmente se incluyen, de acuerdo con el artículo 107 del TRLGHPJA, y conforme dispone el artículo 55 de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, los estados contables del ejercicio 2020 correspondientes a cada una de las Agencias Públicas Empresariales y Sociedades Mercantiles del Sector Público Andaluz en las que la Junta de Andalucía posea participación mayoritaria (directa o indirecta.) Para el caso de empresas que integren un grupo, además de los estados contables individuales, se incluyen las Cuentas Anuales Consolidadas del mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 102.4 del TRLGHPJA.

A continuación se relacionan las entidades que deben integrarse en la Cuenta General de la Junta de Andalucía para 2020:



AGENCIAS PÚBLICAS EMPRESARIALES

Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía

Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (Consolidado)

Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico

Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía

Agencia Andaluza de Instituciones Culturales

Agencia Andaluza del Conocimiento

Empresa Pública de Emergencias Sanitarias

Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía

Agencia Pública de Puertos de Andalucía

Agencia Pública de Puertos de Andalucía (Consolidado)

Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía

Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir

Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol

Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería

Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir

Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía

Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Consolidado)

Agencia Andaluza de la Energía

Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía

Agencia Pública Andaluza de Educación.




SOCIEDADES MERCANTILES DEL SECTOR PÚBLICO ANDALUZ

PARTICIPACIÓN PÚBLICA MAYORITARIA DIRECTA

Escuela Andaluza de la Salud Pública, S.A.

Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S.A. (antes denominada Cartuja 93, S.A.).

Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A.

Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A.

Cetursa Sierra Nevada, S.A.

Promonevada, S.A, en liquidación.

Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte en Andalucía, S.A.

Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte en Andalucía, S.A. (Consolidado)

Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A.



PARTICIPACIÓN PÚBLICA MAYORITARIA INDIRECTA

Parque Tecnológico de Andalucía, S.A.

ESociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A.

Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A.

Apartahotel Trevenque, S.A.

Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, S.A.

Venture Invercaria, S.A.U.

INNOVA VENTURE, S.G.E.I.C., S.A.U.

01 Innova 24H h, S.L.U.

Parque Tecnológico y Aeronáutico de Andalucía, S.L.U. (AERÓPOLIS)

Tecno Bahía, S.L.

Canal Sur Radio y Televisión, S.A.

Red Logística de Andalucía, S.A.

Parque de Innovación Empresarial de Sanlúcar la Mayor, S.A. (SOLAND)

Inversión y Gestión de Capital Semilla de Andalucía, SICC, S.A. (Inverseed).

Red de Villas Turísticas de Andalucía, S.A.




5. Cuentas de las Fundaciones del Sector Público Andaluz

En la Cuenta General de la Junta de Andalucía para 2020, se incluyen las Fundaciones pertenecientes al sector público andaluz calificadas como tal según lo establecido en el artículo 55 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Son las siguientes:

Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental

Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza

Fundación Pública Andaluza Centro de Estudios Andaluces

Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud

Fundación Pública Andaluza para la Investigación de Málaga en Biomedicina y Salud

Fundación para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su Entorno-Doñana 21, F.P.A.

Fundación Andalucía Olímpica, Fundación Pública Andaluza

Fundación Pública Andaluza el Legado Andalusí

Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosanitaria en Andalucía Oriental Alejandro Otero (FIBAO)

Fundación Real Escuela Andaluza de Arte Ecuestre

Fundación Pública Andaluza Barenboim-Said

Fundación Audiovisual Pública Andaluza

Fundación Pública Andaluza Rey Fahd Bin Abdulaziz

Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla

Fundación Pública Andaluza Hospital de San Rafael

Fundación Pública Andaluza Agregación de Fundaciones Sevilla

Fundación Pública Andaluza Juan Nepomuceno Rojas

Fundación Pública Andaluza San Juan de Dios de Lucena y Fundaciones Fusionadas de Córdoba

Fundación Pública Andaluza Banco Agrícola de D. José Torrico y López Calero

Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada

Fundación Pública Andaluza Instituto de Estudios sobre la Hacienda Pública de Andalucía

Fundación Pública Andaluza Centro de las Nuevas Tecnologías del Agua

Fundación Pública Andaluza Rodríguez-Acosta




6.Cuentas de los Consorcios del artículo 4 TRLGHPJA

A continuación se detallan los Consorcios recogidos en el artículo 4 del TRLGHPJA y a los que se refiere el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Como ya se ha comentado en el primer punto relacionado con la Estructura de la Cuenta, señalar que, por primera vez, el Presupuesto del ejercicio 2020, incluye los ingresos y gastos de los consorcios de transporte de la Comunidad Autónoma, junto con otros consorcios como el Consorcio para el Desarrollo de la Sociedad de la Información y del Conocimiento en Andalucía Fernando de los Ríos, el del Palacio de Exposiciones y Congresos de Granada, el Parque de las Ciencias de Granada y el Sanitario Público del Aljarafe, como nuevas secciones presupuestarias. Estos consorcios, financiados mayoritariamente con fondos de la Junta de Andalucía, consolidarán sus cuentas con el Presupuesto andaluz e integrarán sus fondos en las políticas sectoriales correspondientes, de las que forman parte y a las que han estado contribuyendo hasta ahora, fuera del ámbito del Presupuesto.

Respecto a las disposiciones transitorias de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, cabe destacar las relativas al régimen de control de los consorcios; así la disposición transitoria segunda, denominada Régimen de gestión económico-presupuestaria, contable y de control de los consorcios, contempla la eventualidad de que el proceso de modificación estatutaria de dichas entidades no esté concluido a 1 de enero de 2020.

Los consorcios son los detallados a continuación:

Consorcio Parque de las Ciencias de Granada

Consorcio Palacio de Exposiciones y Congresos de Granada

Consorcio para el desarrollo de políticas en materia de Sociedad de la Información y el Conocimiento en Andalucía Fernando de los Ríos

Consorcio Sanitario Público del Aljarafe

Consorcio Metropolitano Costa de Huelva

Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Almería

Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba

Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Granada

Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Jaén

Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga

Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla

Consorcio de Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar

Consorcio de Transportes Bahía de Cádiz

Consorcio Centro de Transportes de Mercancías de Málaga




7. Cuentas de los Fondos sin Personalidad Jurídica

a) El Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico

Creado por Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020, con el objetivo de favorecer la promoción y el sostenimiento de actividades que contribuyan al crecimiento económico, a la creación y mantenimiento de empleo, a la innovación, al desarrollo rural, a la protección del medio ambiente, a la promoción de las energías renovables y la eficiencia energética y al desarrollo urbano sostenible en Andalucía.

El Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico es el sucesor, en todas sus relaciones jurídicas, de los Fondos carentes de Personalidad Jurídica, extinguidos y liquidados por efecto del artículo 2 del citado Decreto-Ley, y la Orden de 30 de abril de 2018, por la que se dictaron los actos de ejecución conforme a lo dispuesto en dicho Decreto-ley.

Quedan exceptuados de la extinción anteriormente señalada los siguientes fondos:

b) Fondo de Cartera JEREMIE Andalucía

El Fondo de Cartera JEREMIE Andalucía tiene como finalidad promover el uso de instrumentos de ingeniería financiera para mejorar el acceso de las Pyme a la financiación a través de las intervenciones de los Fondos Estructurales.

c) Fondo JEREMIE para Pymes Industriales

La finalidad de este fondo es facilitar la financiación a las Pymes Industriales de Andalucía, mediante préstamos blandos de recapitalización sometidos a derecho privado, en condiciones preferenciales o más favorables que las del mercado.

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