Page 51 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Cuenta General de la
              Comunidad Autónoma de Andalucía
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              MEMORIA DE LA AGENCIA DIGITAL DE ANDALUCÍA



              CUENTAS INTERCOMPAÑÍA



              Como ya se comentó en las cuentas anuales del ejercicio pasado, con la entrada en vigor del
              artículo 73bis del TRLGHP, y su posterior desarrollo, entre otros, por el artículo 57 del Decreto
              197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento
              de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, se diseñó un
              modelo de Tesorería centralizada, en el que la Dirección General competente en materia de
              Tesorería (DGTeso), asume la competencia para materializar los pagos correspondientes a las
              obligaciones de las Agencias.
              En concreto: “La Dirección General competente en materia de Tesorería realizará las funciones de
              materialización del pago de las obligaciones que se ordenen en el ámbito de las agencias
              administrativas, de régimen especial, públicas empresariales comprendidas en el artículo 2.c) y
              consorcios, cuando existan obligaciones pendientes de pago en la Tesorería General de la Junta
              de Andalucía a su favor. Esta fase del proceso de materialización del pago se realizará aplicando
              mecanismos de compensación y siempre en nombre y por cuenta de estas agencias y consorcios,
              que serán los titulares de las obligaciones de pago.”.
              En la práctica este sistema supone que los pagos de las obligaciones de las Agencias se
              materializan por la DGTeso, por cuenta y en nombre de aquellas, y con cargo a los fondos líquidos
              situados en cuentas bancarias con las que opera dicho Centro Directivo. Estos importes atendidos
              por la DGTeso se compensan con las obligaciones a favor de las Agencias que se encuentren
              pendientes de pago en el ámbito de la DGTeso. La consecuencia de todo este proceso es que las
              Agencias incluidas en este procedimiento no precisan de fondos líquidos, no obstante, en caso de
              Agencias excluidas del mecanismo, la materialización del pago se realizará por los órganos de
              gestión de su Tesorería propia. Actualmente solo el Patronato de la Alhambra y Generalife está
              excluido de este circuito.

              La implementación contable de este procedimiento de pago centralizado, supuso la aparición de
              las denominadas “cuentas intercompañía o multisociedad”, cuentas del subgrupo 550 “Otras
              cuentas no bancarias”, que figuran con saldo acreedor en el balance de la Junta de Andalucía, y
              con saldo deudor en el de las respectivas Agencias, y que reflejan precisamente el saldo a favor
              de éstas últimas resultado neto, de las compensaciones de los cobros y pagos formalizados
              consecuencia de los ingresos y obligaciones materializados por la DGTeso.
              En el siguiente cuadro se muestran los saldos al cierre del ejercicio 2022 de la cuenta
              “intercompañía”, tanto en Junta de Andalucía como en la entidad acreedora, como de la Agencia
              como entidad deudora.



              CUADRO 1.5.17.2

                  Entidad       Cuenta    Saldo             Entidad             Cuenta    Saldo   Diferencia

             Junta de Andalucía  55001016  -13.727,71  Agencia Digital de Andalucía  55001000  13.727,71  0,00
             Cifras en miles de euros
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