Page 27 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Cuenta General de la
              Comunidad Autónoma de Andalucía
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              MEMORIA DEL INSTITUTO ANDALUZ DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGRARIA, PESQUERA, ALIMENTARIA Y DE LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA



                      Las contingencias que pudieran encuadrarse en tal definición de pasivo contingente, de
                      acuerdo con lo estipulado en el PGCF-2015, no supondrán el reconocimiento de ningún
                      pasivo en el balance, informándose exclusivamente de ellos en la memoria, salvo en el
                      caso de que la posibilidad de tener una salida de recursos que incorporen rendimientos
                      económicos o prestación de servicios, se considere remota.



                   m) Transferencias y subvenciones.

                      Las transferencias y subvenciones recibidas: Se registran como ingresos en el ejercicio en
                      que surge el derecho a su percepción.
                      Las transferencias y subvenciones concedidas: Se registran cuando se reconoce la
                      obligación presupuestaria.



                   n) Actividades conjuntas. Una actividad conjunta es un acuerdo en virtud del cual dos o
                      más entidades denominadas partícipes emprenden una actividad económica que se
                      somete a gestión conjunta, lo que supone compartir la potestad de dirigir las políticas
                      financiera y operativa de dicha actividad con el fin de obtener rendimientos económicos
                      o potencial de servicio, de tal manera que las decisiones estratégicas, tanto de carácter
                      financiero como operativo requieran el consentimiento unánime de todos los partícipes.

                      No se aprecian actuaciones que pudieran tener la consideración de actividades
                      conjuntas.



                   o) Activos en estado de venta. Los activos en estado de venta son activos no financieros
                      clasificados inicialmente como no corrientes cuyo valor contable se recuperará
                      fundamentalmente a través de una transacción de venta, en lugar de por su uso
                      continuado. Para aplicar la clasificación anterior, el activo debe estar disponible, en sus
                      condiciones actuales, para su venta inmediata, sujeto exclusivamente a los términos
                      usuales y habituales para la venta de estos activos, y su venta debe ser altamente
                      probable. Se considera que su venta será altamente probable, cuando concurran las
                      siguientes circunstancias:
                          a. La entidad debe encontrarse comprometida por un plan para vender el activo y
                              haber iniciado un programa para encontrar comprador y concretar el plan.
                          b. La venta del activo debe negociarse activamente a un precio adecuado en
                              relación con su valor razonable actual.
                      La entidad no cuenta con activos susceptibles de ser clasificados como en estado de
                      venta.



                   p) Adscripciones y otras cesiones gratuitas de uso de bienes y derechos: Responden al
                      concepto de adscripciones y cesiones aquellas operaciones por las que se transfieren
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