Page 28 - Memoria de la Junta de Andalucía
P. 28

Cuenta General de la
              Comunidad Autónoma de Andalucía
                                                                                                                 28
              MEMORIA DEL INSTITUTO ANDALUZ DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGRARIA, PESQUERA, ALIMENTARIA Y DE LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA



                      gratuitamente activos de una entidad pública a otra para su utilización por esta última en
                      un destino o fin determinado, de forma que si los bienes o derechos no se utilizaran para
                      la finalidad prevista deberían ser objeto de reversión o devolución a la entidad aportante
                      de los mismos, ya sea como consecuencia de lo establecido en la normativa aplicable o
                      mediante un acuerdo vinculante entre dichas entidades.

                      Dentro de las adscripciones se incluyen, tanto las realizadas desde una entidad pública a
                      sus organismos públicos dependientes, como entre organismos públicos dependientes
                      de una misma entidad pública. En cuanto a las cesiones gratuitas de uso de bienes y
                      derechos, se incluyen las efectuadas entre dos entidades entre las que no exista relación
                      de dependencia y no sean dependientes de una misma entidad pública.
                      Estas operaciones se registrarán y valorarán, tanto en la entidad beneficiaria o cesionaria,
                      como en la aportante o cedente y, siempre que a ambas le fuera de aplicación el
                      PGCF-2015, de acuerdo con los criterios establecidos en la NRV18ª “Transferencias y
                      subvenciones”. Para el supuesto de adscripciones de bienes, se entenderá que los bienes
                      objeto de adscripción constituyen para la entidad dependiente una aportación
                      patrimonial inicial o una ampliación de la misma como consecuencia de la asunción de
                      nuevas competencias por dicha entidad dependiente.

                      Consecuencia de lo anterior, y para el supuesto de una adscripción, la entidad
                      beneficiaria registrará en su activo el elemento recibido en función de su naturaleza y por
                      el valor razonable, con abono a Fondos Propios, y la entidad aportante dará de baja el
                      activo de su balance y como contrapartida se reconocerá un activo financiero a largo
                      plazo con entidades vinculadas.
                      Para el caso de las cesiones, el tratamiento contable es distinto, en el sentido de que la
                      contrapartida del alta o baja según sea la entidad beneficiaria o aportante, supondrá
                      respectivamente el reconocimiento de un ingreso o un gasto en concepto de subvención
                      otorgada o percibida.

                      A estos efectos se entiende por adscripción aquellas transacciones realizadas entre la
                      Junta de Andalucía y sus Agencias Administrativas, sus Agencias de Régimen Especial y
                      sus Agencias Públicas Empresariales. Por otro lado, tendrán la consideración de cesiones,
                      aquellas operaciones formalizadas con entidades que no tengan la consideración de
                      “entes instrumentales” a efectos de la Ley 9/2007 de 22 de octubre, de Administración de
                      la Junta de Andalucía. Igualmente tendrán esta última consideración las realizadas a
                      Sociedades Mercantiles del Sector Público Andaluz y otras entidades asimiladas, a las
                      que le sean de aplicación el Plan General de Contabilidad aprobado por Resolución de la
                      Intervención General de la Junta de Andalucía, de 2 de octubre de 2009, todo ello por
                      congruencia entre la NRV8ª del mencionado Plan Contable y la NRV19ª del PGCF-2015
   23   24   25   26   27   28   29   30   31   32   33