Page 2 - Memoria de la Junta de Andalucía
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d)  La realización de los informes técnicos de las instalaciones de los centros docentes privados que
                    soliciten  autorización  para  su  apertura  y  funcionamiento,  así  como  los  controles  pertinentes  de
                    acuerdo con la normativa en vigor.


                e)  El asesoramiento técnico necesario sobre las instalaciones e infraestructuras de los centros
                    docentes   públicos no universitarios.



            2. En materia de gestión de equipamientos:


                a)  La programación y la ejecución de planes y programas de inversiones en materia de equipamientos
                    de la educación no universitaria.


                b)  La adquisición, alquiler, conservación, reposición y gestión de los edificios modulares prefabricados
                    destinados a uso educativo y del equipamiento y mobiliario de las instalaciones educativas públicas
                    no universitarias.


                c)  La enajenación de material y mobiliario obsoleto o deteriorado de dichos centros, de conformidad
                    con la legislación patrimonial aplicable.


            3. En materia de servicios:


                a)  La gestión y la contratación del transporte escolar, comedores escolares, tanto en centros docentes
                    públicos  como  en  residencias  escolares,  aulas  matinales,  actividades  extraescolares,  servicios
                    complementarios de  apoyo y asistencia para  el alumnado  con necesidades educativas especiales
                    y , en general, de los servicios  complementarios  de la enseñanza no universitaria , con excepción
                    de aquellos comedores y servicios complementarios de apoyo y asistencia para  el alumnado con
                    necesidades educativas especiales de gestión directa de la Consejería competente en materia  de
                    educación.


                b)  El  desarrollo  y  la  ejecución  de  los  planes  y  programas  por  los  que  se  establezcan  servicios
                    complementarios  de  apoyo  al  alumnado  en  la  enseñanza  no  universitaria,  aprobados  por  la
                    Consejería competente o por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.


                c)  El desarrollo y la ejecución de las actuaciones para el fomento de la escolarización en el primer ciclo
                    de educación infantil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.


            4. En materia de control de calidad:


                a)  Ejercer el control continuo de los parámetros de calidad de las construcciones, los equipamientos,
                    las tecnologías de la información y de los servicios, cuya gestión tenga atribuida o encomendada.


                b)  La  inspección  de  las  instalaciones  y  obras  de  construcción,  así  como  el  mantenimiento  y
                    conservación de las mismas, de acuerdo con la legislación aplicable que le corresponda.
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