Page 3 - Memoria de la Junta de Andalucía
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c) La elaboración de normas técnicas sobre edificaciones escolares, instalaciones y equipos
materiales, métodos constructivos y de ensayo y de cuantos estudios y trabajos se estimen
necesarios para el cumplimento de las funciones atribuidas.
d) El control y seguimiento de la ejecución de los contratos y convenios suscritos para el desarrollo de
las atribuciones contempladas en sus fines.
5. En materia de tecnologías de la información y la comunicación, la gestión y contratación de los recursos e
infraestructuras de tecnologías para el ámbito educativo, así como el mantenimiento, soporte técnico y
logística de los programas relativos a la utilización e integración de las tecnologías de la información y la
comunicación en su ámbito de competencia, en coordinación con la Consejería a la que está adscrita.
6. En materia de colaboración, la formalización de convenios con otras entidades públicas o instituciones
privadas sin ánimo de lucro para la ejecución de las infraestructuras educativas, la enajenación de material
y mobiliario obsoleto o deteriorado y el establecimiento de servicios complementarios a la enseñanza no
universitaria.
7. Cualquier otra función que le sea atribuida por la Consejería competente en materia de educación en el
marco de los fines generales de la Agencia.
Por otro lado, y en virtud de los artículos 13 y 14 del Decreto del Presidente 10/2008 de 19 de abril de las
Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías que asignaron a la Consejería de Educación las
competencias en relación con los centros de atención socioeducativa para menores de tres años, atribuidas
hasta entonces a la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, con fecha 15 de diciembre de 2010, se
suscribió un acuerdo entre la Agencia y Fundación Andaluza de Servicios Sociales por el cual se pasa a
desarrollar desde 1 de enero de 2011 las siguientes actuaciones que hasta 31 de diciembre de 2010 venían
siendo desempeñadas por la Fundación,
- Gestión de los servicios de atención socioeducativa, comedor escolar y taller de juegos tanto en los
centros de educación infantil, como en las escuelas infantiles de titularidad de las Corporaciones
Locales u otras Administraciones Públicas y entidades privadas sin fines de lucro, que suscriban
convenios con la Consejería de Educación para la financiación de sus puestos escolares,
consistentes en el pago de las liquidaciones procedentes de los convenios suscritos con los centros
por los Delegados Provinciales de la Consejería de Educación y Deporte.
- Gestión directa e indirecta de los servicios de atención socioeducativa, comedor escolar y taller de
juegos en las escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Andalucía.
Estas actuaciones, se han desarrollado por la Agencia en 2017 bajo la mencionada normativa, hasta la
entrada en vigor del Decreto/Ley 1/2017 de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la
escolarización en el primer ciclo de la educación infantil.
Para el cumplimiento de sus fines y objetivos el patrimonio de la Agencia estará integrado por los bienes y
derechos de la Junta de Andalucía que se le adscriban, por los que la Agencia adquiera en el curso de su
gestión y por aquellos otros que se le adscriban o cedan en el futuro, por cualquier persona pública o
privada, y en virtud de cualquier título, así como las rentas y las contraprestaciones que generen.