Page 9 - Memoria de la Junta de Andalucía
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efecto de no actualizar los flujos de efectivo no es significativo.
Cancelación
La Agencia da de baja un pasivo financiero cuando la obligación se ha extinguido.
La diferencia entre el valor en libros del pasivo financiero, o de la parte del mismo que se haya dado de baja,
y la contraprestación pagada, incluidos los costes de transacción atribuibles, y en la que se recoge asimismo
cualquier activo cedido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconoce en la cuenta de pérdidas y
ganancias del ejercicio en que tenga lugar.
3.6 Subvenciones, transferencias, donaciones y legados recibidos.
Las subvenciones se califican como no reintegrables cuando se han cumplido las condiciones establecidas
para su concesión, registrándose en ese momento como ingresos imputados directamente en el patrimonio
neto. Las transferencias de explotación y de capital recibidas de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional (Entidad Pública dominante) se reconocen y valoran de acuerdo con lo indicado en
el apartado 3.12 de las normas de valoración.
3.7 Impuesto sobre beneficios
El gasto por impuesto sobre beneficios del ejercicio se calcula mediante la suma del impuesto corriente, que
resulta de aplicar el correspondiente tipo de gravamen a la base imponible del ejercicio menos las
bonificaciones y deducciones existentes, y de las variaciones producidas durante dicho ejercicio en los
activos y pasivos por impuestos diferidos registrados. Se reconoce en la cuenta de pérdidas y ganancias,
excepto cuando corresponde a transacciones que se registran directamente en el patrimonio neto.
El efecto impositivo de las diferencias temporarias se incluye en los correspondientes epígrafes de “Activos
por impuesto diferido” y “Pasivos por impuesto diferido” del balance.
La Agencia reconoce un pasivo por impuesto diferido para todas las diferencias temporarias imponibles,
salvo, en su caso, para las excepciones previstas en la normativa vigente.
La Agencia reconoce los activos por impuesto diferido para todas las diferencias temporarias deducibles,
créditos fiscales no utilizados y bases imponibles negativas pendientes de compensar, en la medida en que
resulte probable que se disponga de ganancias fiscales futuras que permitan la aplicación de estos activos,
salvo, en su caso, para las excepciones previstas en la normativa vigente.
En el ejercicio no se ha registrado gasto alguno por el impuesto sobre beneficios debido a que la Agencia ha
obtenido un resultado cero y no se han puesto de manifiesto diferencias permanentes o temporarias como
consecuencia de diferencias entre los criterios contables y fiscales, susceptibles de ser registrados
contablemente.
3.8 Clasificación de los activos y pasivos entre corrientes y no corrientes.