Page 14 - Memoria de la Junta de Andalucía
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(ii) Provisiones para impuestos
El importe de las provisiones para impuestos corresponde al importe estimado de las deudas
tributarias determinado siguiendo los criterios generales expuestos anteriormente. Las
provisiones se dotan con cargo a la cuenta de tributos por la cuota del ejercicio, a gastos
financieros por los intereses de demora y a otros resultados por la sanción.
(iii) Provisiones para otras responsabilidades
El importe de las provisiones para otras responsabilidades corresponde al importe estimado
por la Agencia de las deudas derivadas de la revisión de tasas en las concesiones
administrativas portuarias. Estas obligaciones se valoran por el desenlace individual que
resulta más probable.
k) Ingresos por venta de bienes y prestación de servicios.
Los ingresos por la venta de bienes o servicios se reconocen por el valor razonable de la
contrapartida recibida o a recibir derivada de los mismos. Los descuentos por pronto pago, por
volumen u otro tipo de descuentos, así como los intereses incorporados al nominal de los
créditos, se registran como una minoración de los mismos.
No obstante, la Agencia incluye los intereses incorporados a los créditos comerciales con
vencimiento no superior a un año que no tienen un tipo de interés contractual, cuando el
efecto de no actualizar los flujos de efectivo no es significativo.
Los anticipos a cuenta de ventas y prestaciones de servicios futuros figuran valorados por el
valor recibido.
(i) Prestación de servicios
Los ingresos derivados de la prestación de servicios se reconocen considerando el grado de
realización a la fecha de cierre cuando el importe de los ingresos; el grado de realización; los
costes ya incurridos y los pendientes de incurrir pueden ser valorados con fiabilidad y es
probable que se reciban los beneficios económicos derivados de la prestación del servicio.
l) Impuesto sobre beneficios
El gasto o ingreso por el impuesto sobre beneficios comprende tanto el impuesto corriente
como el impuesto diferido.
Los activos o pasivos por impuesto sobre beneficios corriente se valoran por las cantidades
que se espera pagar o recuperar de las autoridades fiscales, utilizando la normativa y tipos
impositivos vigentes o aprobados y pendientes de publicación en la fecha de cierre del
ejercicio.
El impuesto sobre beneficios corriente o diferido se reconoce en resultados, salvo que surja de
una transacción o suceso económico que se ha reconocido en el mismo ejercicio o en otro
diferente, contra patrimonio neto o de una combinación de negocios.
Agencia Pública de Puertos de Andalucía
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD,
MEDIO AMBIENTE Y ECONOMÍA AZUL 25