Page 29 - Memoria de la Junta de Andalucía
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La entidad dará de baja un pasivo financiero cuando se haya extinguido, esto es, cuando la obligación que dio
origen a dicho pasivo se haya cumplido o cancelado.
g) Coberturas contables: Contablemente no se considera ningún instrumento financiero designado como
instrumentos de cobertura.
h) Existencias: De existir estas inversiones, se valorarán al cierre del ejercicio según el método del coste
medio ponderado.
i) Activos construidos o adquiridos para otras entidades: Se entienden por tales, aquellos bienes construidos
o adquiridos por una entidad gestora, con base en el correspondiente contrato, convenio o acuerdo, con
el objeto de que una vez finalizado el proceso de adquisición o construcción de los mismos se transfieran
necesariamente a otra entidad destinataria, con independencia de que esta última participe o no en su fi-
nanciación. La entidad no aplica el método de grado de avance o realización de la obra al final de cada
ejercicio. Tanto en este supuesto, al igual que para el caso de activos que no se construyan directamente
por la entidad gestora, los costes asociados a la construcción o adquisición de estos activos se reconocen
como existencias y los ingresos recibidos como anticipos. En el momento de la entrega a la entidad desti-
nataria, se reconocen los ingresos y se imputan como subvención los costes financiados.
j) Transacciones en moneda extranjera: En cada fecha de presentación de las cuentas anuales se aplicarán las
siguientes reglas para realizar la conversión de los saldos denominados en moneda extranjera a euros:
i. Partidas monetarias. Los elementos patrimoniales de carácter monetario denominados en moneda ex-
tranjera se valorarán aplicando el tipo de cambio al contado existente en esa fecha.
ii. Partidas no monetarias. Valoradas con carácter general al coste se valorarán aplicando el tipo de cam-
bio al contado de la fecha en que fueron registradas.
k) Ingresos y gastos: Los ingresos y los gastos se reconocen contablemente en función del periodo en que se
devengan y no cuando se produce su cobro o pago.
l) Provisiones y contingencias: Las provisiones se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible
del importe necesario para cancelar o transferir la obligación, teniendo en cuenta la información disponible
sobre el suceso y sus consecuencias.
Las provisiones son objeto de revisión a fin de cada ejercicio y ajustadas, en su caso, para reflejar la mejor
estimación existente en ese momento.
Tiene la consideración de pasivo contingente:
a) Una obligación posible, surgida a raíz de sucesos pasados, cuya existencia ha de ser confirmada sólo por
la ocurrencia, o en su caso por la no ocurrencia, de uno o más acontecimientos inciertos en el futuro, que
no están enteramente bajo el control de la entidad; o bien
b) una obligación presente, surgida a raíz de sucesos pasados, que no se ha reconocido contablemente
porque: