Page 44 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Cuenta 413
Por otro lado, la cuenta 413 “acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto”, que recoge
las obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos, para las que no se ha producido
su aplicación a presupuesto, siendo procedente la misma, presenta el siguiente detalle:
Cuadro F.17.3
La mencionada cuenta es la manifestación más clara del principio del devengo, que resulta de aplicación no
sólo a la Contabilidad Financiera sino también a la Contabilidad Nacional en términos SEC-2010.
Es en el ámbito de esta última contabilidad y en cumplimiento de lo dispuesto por la Orden Ministerial
HAP/2105/2012, se remite el saldo final de la cuenta 413 al MINHAC. Este saldo está compuesto por dos
categorías de gasto:
Las obligaciones sustentadas en facturas, Respecto de estas obligaciones y, en cum-
plimiento de la Instrucción 1/2021, de la Intervención General de la Junta de Andalucía,
por la que se desarrolla el procedimiento de registro contable de gastos correspondien-
tes a operaciones devengadas pendientes de imputación presupuestaria, los órganos ges-
tores comunican el importe de la relación de obligaciones devengadas correspondiente a
bienes y servicios efectivamente recibidos o a gastos realizados de cualquier naturaleza en
el ejercicio que se cierra y que revistan importancia relativa en términos cuantitativos, así
como aquellos gastos de cualquier naturaleza que, habiéndose devengado en el ejercicio
que se cierra, se imputen presupuestariamente al ejercicio siguiente..
Las obligaciones no sustentadas en facturas. Respecto de estas obligaciones y, en
cumplimiento de la Instrucción nº 3/2017, de la Intervención General de la Junta de Anda-
lucía, por la que se regula el procedimiento de registro de los gastos correspondientes a
operaciones devengadas pendientes de imputación presupuestaria, los órganos gestores
comunican el importe de la relación de obligaciones devengadas correspondiente a bienes
y servicios efectivamente recibidos o a gastos realizados de cualquier naturaleza en el
ejercicio que se cierra y que revistan importancia relativa en términos cuantitativos, así
como aquellos gastos de cualquier naturaleza que, habiéndose devengado en el ejercicio
que se cierra, se imputen presupuestariamente al ejercicio siguiente.
Por su parte la IGJA, realiza una auditoria dentro de su plan de control para la verificación de la existencia de
obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos para los que no se haya producido su
imputación contable o presupuestaria. Como resultado de las actuaciones anteriores, la IGJA elabora un
informe-resumen anual sobre los gastos del ejercicio pendiente de imputación presupuestaria, que sirve de
base de las anotaciones contables que procedan en la cuenta 413. Para este tipo de obligaciones la
contabilización se realiza de forma directa en la cuenta 413.
De esta forma, a efectos de los estados contables de contabilidad financiera, y a fin de recoger el saldo final de
la cuenta 413 remitido al MINHAC, en el ejercicio 2022 se han registrado de forma directa los apuntes
necesarios para reflejar en el saldo final de la cuenta los dos tipos de obligaciones mencionados.
Los procedimientos contables descritos justifican que los cargos y abonos entre ambos sistemas contables,
contabilidad financiera y nacional (SEC-2010) no coincidan. No obstante, el saldo final en ambos sistemas
guarda total identidad.
19. Indicadores financieros y patrimoniales.