Page 42 - Memoria de la Junta de Andalucía
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el  balance,  informándose  exclusivamente  de  ellos  en  la  memoria,  salvo  en  el  caso  de  que  la
                  posibilidad  de  tener  una  salida  de  recursos  que  incorporen  rendimientos  económicos  o
                  prestación de servicios, se considere remota.


                     n.     Transferencias y subvenciones.

                     Las transferencias y subvenciones recibidas: Se registran como ingresos en el ejercicio en que
                  surge el derecho a su percepción.

                     Las transferencias y subvenciones concedidas: Se registran cuando se reconoce la obligación
                  presupuestaria.

                     o.     Actividades conjuntas. Una actividad conjunta es un acuerdo en virtud del cual dos o
                  más entidades denominadas partícipes emprenden una actividad económica que se somete a
                  gestión  conjunta,  lo  que  supone  compartir  la  potestad  de  dirigir  las  políticas  financiera  y
                  operativa  de  dicha  actividad  con  el  fin  de  obtener  rendimientos  económicos  o  potencial  de
                  servicio,  de  tal  manera  que  las  decisiones  estratégicas,  tanto  de  carácter  financiero  como
                  operativo requieran el consentimiento unánime de todos los partícipes.

                  No se aprecian actuaciones que pudieran tener la consideración de actividades conjuntas.


                     p.  Activos  en  estado  de  venta.  Los  activos  en  estado  de  venta  son  activos  no  financieros
                  clasificados  inicialmente  como  no  corrientes  cuyo  valor  contable  se  recuperará
                  fundamentalmente a través de una transacción de venta, en lugar de por su uso continuado.
                  Para aplicar la clasificación anterior, el activo debe estar disponible, en sus condiciones actuales,
                  para su venta inmediata, sujeto exclusivamente a los términos usuales y habituales para la venta
                  de  estos  activos,  y  su  venta  debe  ser  altamente  probable.  Se  considera  que  su  venta  será
                  altamente probable, cuando concurran las siguientes circunstancias:

                        a)  La entidad debe encontrarse comprometida por un plan para vender el activo y haber
                        iniciado un programa para encontrar comprador y concretar el plan.

                        b) La venta del activo debe negociarse activamente a un precio adecuado en relación con
                        su valor razonable actual.


                  La entidad no cuenta con activos susceptible de ser clasificado como en estado de venta.

                     q.     Adscripciones  y  otras  cesiones  gratuitas  de  uso  de  bienes  y  derechos:  Responden  al
                  concepto  de  adscripciones  y  cesiones  aquellas  operaciones  por  las  que  se  transfieren
                  gratuitamente activos de una entidad pública a otra para su utilización por esta última en un
                  destino o fin determinado, de forma que si los bienes o derechos no se utilizaran para la finalidad
                  prevista deberían ser objeto de reversión o devolución a la entidad aportante de los mismos, ya
                  sea  como  consecuencia  de  lo  establecido  en  la  normativa  aplicable  o  mediante  un  acuerdo
                  vinculante entre dichas entidades.



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