Page 5 - Memoria de la Junta de Andalucía
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del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de los
Consorcios de Transporte Metropolitano y se adscriben los Consorcios a la Administración de la
Junta de Andalucía.
El Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Granada en el marco de lo dispuesto en la
Ley de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros de Andalucía, así
como en sus Estatutos, tiene competencia, a día de hoy, en las siguientes materias:
a) Las que les atribuyan expresamente las leyes y los instrumentos de planificación que le sean
aplicables.
b) La ordenación, gestión incluida licitación, coordinación, control, inspección y sanción,
respecto de los servicios, tráficos, infraestructuras e instalaciones que se declaren de interés
metropolitano y/o que le hayan sido atribuidos, todo ello en coordinación con la Consejería
competente.
c) Coordinación y gestión del resto de transportes de personas usuarias no incluidas en el
apartado anterior que se desarrollen en el ámbito de los entes locales que lo integran, en los
términos que establezca el Plan de Movilidad del ámbito territorial del Consorcio que determine
la normativa vigente.
d) La coordinación y gestión del Plan de Movilidad Sostenible de su ámbito territorial.
e) El establecimiento del Sistema Marco Tarifario geográfico para la prestación de los servicios en
el ámbito territorial del Consorcio.
f) Fijar y revisar las tarifas de los servicios en el ámbito territorial del Consorcio, en coordinación
con la Consejería competente.
g) Promoción de la imagen unificada del sistema de transportes.
h) Promoción del Transporte Público y de las políticas que impulsen una movilidad sostenible en
su ámbito.
i) Fijar las cantidades a recibir por las empresas operadoras de transporte con arreglo a los
criterios que se establezcan en el Plan de Movilidad del ámbito territorial del Consorcio que
determine la normativa vigente y/o en el Sistema Marco Tarifario geográfico y tarifas que
establezca.
j) Distribuir las aportaciones o subvenciones recibidas de las distintas Administraciones, de
acuerdo con lo previsto en el Plan de Movilidad del ámbito territorial del Consorcio que
determine la normativa vigente y/o en el Sistema Marco Tarifario geográfico y las tarifas que
establezca y en los contratos-programa que a estos efectos pudieran suscribirse con las
empresas operadoras de transporte, conforme a las competencias que le hayan sido atribuidas
por las Administraciones consorciadas.
k) Participación y gestión, en su caso, del desarrollo de contrataciones, actuaciones y proyectos
comunes de la Red de Consorcios de Transporte de Andalucía.
l) Las que encomienden las administraciones mediante convenio interadministrativo dentro del
ámbito y objeto del Consorcio.
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