Page 54 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Saldo                                  Saldo
                              Deudores no presupuestarios              Cargos       Abonos
                                                           Inicial                                Final
                   440      Deudores por IVA repercutido      0,00        0,00          0,00         0,00
                            Deudores por aplazamiento y
                   443      fraccionamiento                   0,00        0,00          0,00         0,00
                            Deudores por provisiones fondos a
                   447      justificar                        0,00        0,00          0,00         0,00
                   449      Otros deudores no presupuestarios   2.995,89   15.498,42   14.997,01   3.497,30
                   470 y
                   472      Hacienda Pública Deudora        433,79      3.890,81     3.516,72      807,89
                   471      Seguridad Social Deudora          0,00       127,69       125,56         2,13
                   550      Cuentas corrientes no bancarias   8.749,03   16.940,84   15.869,30    9.820,56
                   555      Pagos pendientes de aplicación    0,00        0,00          0,00         0,00
                            Provisiones fondos a justificar y
                   558      ACF                               0,00        0,00          0,00         0,00
                                                Total     12.178,71   36.457,76     34.508,58    14.127,88
                            miles euros


              7.5.17.1  Cuentas intercompañía
              La Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año
              2019, modificó el régimen presupuestario de los consorcios y de las agencias públicas empresariales
              que, atendiendo a su similitud en la gestión económica con las agencias administrativas y de régimen
              especial, respectivamente, pasarán a confeccionar estados de ingresos y gastos, disponiendo así de
              un presupuesto limitativo y vinculante, quedando integrados dentro del ámbito de la contabilidad
              presupuestaria. En materia de tesorería, esta modificación se ha culminado en la Ley de Presupuestos
              de  la  Comunidad  Autónoma  de  Andalucía  para  el  año  2020  incorporando  a  los  consorcios  a  los
              procedimientos generales de pago de la Tesorería General de la Junta de Andalucía, con el nuevo
              redactado dado al artículo 72 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
              Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

              El  Decreto  197/2021,  de  20  de  julio,  por  el  que  se  aprueba  el  Reglamento  de  organización  y
              funcionamiento  de  la  Tesorería  General  de  la  Junta  de  Andalucía  y  de  la  gestión  recaudatoria
              desarrolla  el  Texto  Refundido  de  la  Ley  General  de  la  Hacienda  Pública  de  la  Junta  de  Andalucía,
              aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en sus artículos 72 a 78, que regula la
              Tesorería General de la Junta de Andalucía. Se completa este régimen con los artículos 13, letra f), y
              54 del Texto Refundido que contienen las funciones del Ordenador General de Pagos. Estos preceptos
              tienen su correspondencia en el ámbito de los entes instrumentales que forman parte de la Tesorería
              y de los consorcios del artículo 4 del Texto Refundido, en concreto en los artículos 15, letra e), y 52.2.
              Este Reglamento sustituye al Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el
              funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria.


              Asimismo,  la  aplicación  del  régimen  jurídico  de  la  Tesorería  General ha exigido la  introducción  de
              otros cambios normativos en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta
              de  Andalucía,  para  definir  sus  competencias  de  ordenación  de  pagos  y  la  tutela  ejercida  por  la
              Consejería competente en materia de Hacienda sobre su ejercicio, concretamente los artículos 52.2 y
              54.2,  así  como  para  determinar  que  sus  recursos  financieros  se  sitúan  en  la  Tesorería  General
                                                                                                     54
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