Page 12 - Memoria de la Junta de Andalucía
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2.2 BASES DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS
a) Imagen fiel.
La Intervención General de la Junta de Andalucía formula las Cuentas Anuales de la entidad
correspondientes al ejercicio 2022, de acuerdo con lo dispuesto en las ordenes de la Consejería de
Hacienda y Administración Pública de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública
de la Junta de Andalucía, y de 30 de marzo de 2015, por la que se aprueba el Plan General de
Contabilidad Financiera.
Dichas cuentas anuales se incluyen, en virtud de los dispuesto en el artículo 107 del Decreto Legislativo
1/2010 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma Andaluza correspondiente al
ejercicio 2022. Las Cuentas Anuales de 2022 se formularán conforme a la Orden de 21 de diciembre de
2022 por la que se aprueban las normas para la elaboración de estados consolidados y se dictan las
normas para la formación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las Cuentas Anuales se formulan según los principios y criterios contables recogidos en el Plan General
de Contabilidad Financiera de la Junta de Andalucía, sus Agencias Administrativas y sus Agencias de
Régimen Especial (PGCF-2015), que persiguen como objetivo mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la
situación financiera y de los resultados económico-patrimoniales de la entidad. Las Cuentas Anuales
comprenden el balance, la cuenta del resultado económico patrimonial, el estado de cambios en el
patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria.
Las cifras contenidas en los documentos que componen las cuentas anuales están expresadas en miles
de euros.
b) Comparación de la información.
Desde la constitución del Consorcio de Transporte Metropolitano de la Cosa de Huelva, la rendición
de cuentas anuales se realizaba conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en
la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo
Normal de Contabilidad Local (ICAL 2013)
La Ley 3/2019, de 22 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año
2019, modifica el régimen presupuestario de los consorcios quedando sometidos, a partir del 1 de
enero de 2020, al régimen de control financiero contemplado en el artículo 93 del texto refundido de
la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, o en su caso, al control financiero
permanente previsto en el artículo 94 de la misma Ley.
Las Cuentas Anuales del ejercicio 2020 son las primeras que se presentan conforme a lo establecido al
TRLGHPJA.
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