Page 23 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Derechos Ptes de cobro Presupuestarios de residuos a 31/12/2022   367.784,94
                         Derechos Ptes de cobro Presupuestarios de futura a 31/12/2022
                         Derechos Ptes de cobro Presupuestarios de capítulo IX Deuda Pública a
                         31/12/2021

                         Total Derechos pendientes de cobro s/Contabilidad Pptaria      556.935,94


                         euros                  Diferencia                                   0,00



                   ✓  Deterioro de los deudores por operaciones de la actividad


            Para enfrentar el valor actual de los flujos de efectivo futuros originado por estos derechos se consideran
            que son exigibles a corto plazo por lo que no se ha procedido a la actualización de estos, manteniéndose
            su contabilización al valor nominal. Para concretar el riesgo crediticio de impago se ha mantenido el
            criterio de la antigüedad como en ejercicios anteriores con los siguientes porcentajes:

                                                 Antigüedad            %
                                                 Más de 5 años        100%
                                                 Hasta 5 años         80%
                                                 Hasta 4 años         60%
                                                 Hasta 3 años         40%
                                                 Hasta 2 años         20%
                                                 Hasta 1 año          10%   *

                                      * Se aplicará el 10 a los derechos pendientes con antigüedad de
                                      un año en los capítulos I, II y III.

            Respecto de los derechos del capítulo I (Impuestos Directos), del capítulo II (Impuestos Indirectos), del
            artículo 30 (Tasas) y del artículo 31 (Precios Públicos), siguiendo las recomendaciones de la Cámara de
            Cuentas en su Resolución de 8 de julio de 2016, para el cálculo del deterioro se han aplicado criterios que
            tienen en cuenta la antigüedad de los derechos y los porcentajes de recaudación que se alcancen en
            derechos de ejercicios cerrados de acuerdo con los siguientes porcentajes:






















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