Page 26 - Memoria de la Junta de Andalucía
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2.11 ACTIVOS CONSTITUIDOS O ADQUIRIDOS PARA OTRAS ENTIDADES
No procede
2.12 MONEDA EXTRANJERA
No procede
2.13 TRANSFERENCIAS, SUBVENCIONES Y OTROS INGRESOS Y GASTOS
Desde el punto de vista del PGCF-2015, se entienden por transferencias y subvenciones las entregas
dinerarias o en especies sin contrapartida directa por parte del beneficiario, destinándose las primeras a
financiar operaciones o actividades no singularizadas, y las segundas, a un fin, propósito, actividad o
proyecto específico, con la obligación por parte del beneficiario de cumplir las condiciones o requisitos
que se hubieran establecido, en su caso.
Se presume el cumplimiento de las condiciones y requisitos anteriores en el momento de elaboración de
estas cuentas anuales y se entiende que no existen dudas razonables sobre su cumplimiento en
ejercicios posteriores.
Actualmente, la Junta de Andalucía no cuenta con los mecanismos técnicos necesarios para diferenciar
aquellas subvenciones en las que el beneficiario final de las mismas es la propia entidad, de aquellas
otras, en las que los beneficiarios finales son personas físicas y jurídicas en general. Como consecuencia
de lo anterior, no se han identificado individualizadamente los activos financiados con subvenciones, y
por tanto, no resulta posible la imputación de aquellas en proporción a la vida útil de éstos. Es por ello
que, en virtud de lo establecido en la norma de valoración 18ª del PGCF-2105 punto 2.b.1), las
subvenciones y transferencias de capital recibidas se imputan íntegramente al resultado del ejercicio.
2.14 PROVISIONES Y CONTINGENCIAS
Una provisión es un pasivo sobre el que existe incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento.
Dará origen al pasivo todo suceso del que nace una obligación de pago, de tipo legal, contractual o
implícita para la entidad, de forma que a la entidad no le queda otra alternativa más realista que
satisfacer el importe correspondiente.
De este modo, debe reconocerse una provisión cuando se den la totalidad de las siguientes condiciones:
a) La entidad tiene una obligación presente (ya sea legal, contractual o implícita) como
resultado de un suceso pasado;
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