Page 5 - Memoria de la Junta de Andalucía
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1.  INTRODUCCION



                De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
                Pública de la Junta de Andalucía aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2  de marzo (en
                adelante TRLGHP) y, en el artículo 55 de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la
                Contabilidad Pública de la Junta de Andalucía, la Intervención General de la Junta de Andalucía
                formula la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondiente al ejercicio
                2019.


                Forman parte de la Cuenta General, en virtud de lo establecido en la letra h) del artículo 54 de la
                Orden  de  19  de  febrero  de  2015,  por  la  que  se  regula  la  contabilidad  pública  de  la  Junta  de
                Andalucía,  “los  Estados  de  Contabilidad  Financiera”,  que  constituyen  una  unidad  formando  las
                Cuentas Anuales.

                En este sentido, el Plan General de Contabilidad Financiera de la Administración de la Junta de
                Andalucía  y  de  sus  Agencias  Administrativas  y  de  Régimen  Especial  aprobado  por  la  Orden  de
                Hacienda y Administración Pública de 30 de marzo de 2015 (en adelante PGCF-2015), recoge los
                documentos que integran las Cuentas Anuales:  El Balance, la Cuenta del resultado económico
                patrimonial, el Estado de cambios en el patrimonio neto, el Estado de flujos de efectivo y la
                Memoria.

                Las  Cuentas  Anuales  que  se  deben  formular  para  cada  entidad  contable  tienen  identidad  y
                significado  propios,  sin  embargo,  tal  y  como  se  ha  indicado  forman  parte  del  contenido  de  la
                Cuenta  General,  a  la  que  amplían  y  complementan.  Consecuencia  de  lo  anterior,  las  Cuentas
                Anuales  y  en  especial  la  Memoria,  no  contendrá  información  redundante  respecto  al  resto  del
                contenido de la Cuenta General.































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