Descripción
Ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres victimas de violencia que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo.Plazo de Solicitud
Durante la vigencia de la orden de protección o de las medidas de protección a favor de la mujer establecidas en la sentencia condenatoria o en otra resolución judicial.O en el plazo de un mes desde la emisión del Informe del Ministerio Fiscal.
Estado
Abierto plazo de solicitud a partir del 1 de eneroDocumentación
- Orden de 29 de agosto de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se modifica la Orden de 23 de febrero de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género.
- Extracto de la Resolución de 13 de diciembre de 2023, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación anticipada la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2024.
- Resolución de 13 de diciembre de 2023, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación anticipada la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2024.
- Anexo I. Línea 2 AMVV27 (Solicitud).
- Anexo I Bis. Línea 2 AMVV27.
- Anexo II. Línea 2 AMVV27.