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Permisos de circulación expedidos


El Reglamento General de Conductores aprobado por el R D 818/2009, de 8 de mayo, que entró en vigor el 8 de diciembre de 2009, establece en su artículo 4 las nuevas clases de permisos de conducir y en su artículo 6 las nuevas clases de licencia de conducción.


Las clases de permisos de conducción son:

La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.

La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.