¿Es preciso que dichos actos produzcan lesiones físicas y/o psíquicas a la mujer para que puedan ser denunciados?

No, el delito de malos tratos es autónomo y distinto del delito de  lesiones.

A la pena que pudiera corresponderle al agresor por un delito de violencia de género, se sumarán todas aquellas otras penas que pudieran corresponderle por los  delitos o faltas en que se hubieren concretado los actos de violencia física o psíquica. Por tanto, no será necesaria la existencia de lesión física o psíquica para poder denunciar una situación de violencia de género.