¿Quien debe denunciar la existencia de agresión o abuso sexual en una persona menor de edad no emancipada?

La denuncia deberá ser interpuesta por un componente de la unidad familiar que tuviera noticia del hecho, aunque cualquier persona conocedora de las agresiones y abusos sexuales puede ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal. De no existir familiares u otras personas que interpongan la denuncia, corresponderá al Ministerio Fiscal denunciar y promover las acciones judiciales necesarias para privar a los progenitores, guardadoras o guardadores, de la patria potestad, tutela o acogimiento, en los supuestos en que estas personas sean responsables del delito.

El periodo de prescripción en los delitos de agresión y abuso sexual a menores comienza a contarse a partir del cumplimiento de la mayoría de edad, fijada en 18 años.