El uso de la vivienda

Durante la convivencia el uso y disfrute del domicilio familiar corresponde a la   pareja y a las hijas e hijos con quienes convivan.

De producirse la  ruptura de la unión de hecho, permanecerá en la vivienda quien la pareja decida y, de no alcanzarse un acuerdo, será la autoridad judicial la que disponga sobre el uso y disfrute del domicilio familiar, para lo que se tendrá en cuenta la existencia de menores o la mayor desprotección de uno de los convivientes.