¿Se puede reconducir un procedimiento iniciado de formacontenciosa a uno de mutuo acuerdo?

Sí, una vez iniciado un procedimiento contencioso de separación o divorcio  (no de nulidad), las partes podrán solicitar la continuación del proceso por los trámites especiales del mutuo acuerdo, para lo que deberán presentar el oportuno convenio regulador que deberán  ratificar posteriormente.

De no ratificar los cónyuges el convenio regulador, se procederá al archivo de la solicitud de mutuo acuerdo, continuando el procedimiento contencioso previo hasta Sentencia.