Orden de 19 de febrero de 1993
Las campañas de información y difusión de la Acción Institucional de la Junta de Andalucía no contendrán discriminación alguna por motivo de sexo y observarán el respeto debido a la dignidad y a la igualdad de las personas.
La Orden pretende establecer las directrices y criterios que favorezcan el respeto de la igualdad en las actividades de divulgación que emita la Junta de Andalucía. Se estructura en siete artículos más la disposición final referida a la entrada en vigor
Las campañas cuyo contenido se refiera a formación y/o trabajo harán referencia expresa a hombres y mujeres.
Como ya aparecía en la Orden publicada el año anterior, el ámbito del empleo es especialmente sensible al uso de un lenguaje no sexista y desde la Administración pública es imprescindible que la emisión de cualquier tipo de mensaje relacionado con este ámbito se adapte a los requisitos mencionados: eliminar ambigüedad y recoger explícitamente a ambos sexos como personas destinatarias de la acción.
POR EJEMPLO |
Campaña publicitaria: |
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Es sexista:
- Los inmigrantes
- Todos ganamos
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No es sexista:
- La población inmigrantes
- Quienes inmigran
- gana todo el mundo
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