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sábado, 24 de agosto del 2024

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Plan de Prevención

Para la descarga del Plan de Prevención de Riesgos Laborales completo, en un único documento, pulsar en el siguiente enlace:

Plan de Prevención de Riesgos Laborales

El Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se puede definir como el conjunto de previsiones que regulan y detallan todas aquellas acciones y políticas por parte de la Administración para integrar la actividad preventiva en todos los niveles de la organización de la Administración de Justicia.

El ámbito de aplicación del Plan de Prevención lo constituyen los centros de trabajo de las sedes judiciales, fiscales e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en los que desarrolla su trabajo el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Así, el Plan de Prevención se considera el eje central de la prevención de riesgos laborales de la Administración de Justicia, ya que en el mismo se establecen los procedimientos para llevar a cabo, entre otras, las siguientes actividades preventivas:

1. Evaluación de riesgos. La Administración debe realizar y mantener actualizada la evaluación de los riesgos para la seguridad y salud del personal trabajador.

2. Medidas preventivas. La Administración llevará a cabo aquellas medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar los riesgos que hayan sido detectados en las evaluaciones referidas en el párrafo anterior.

3. Planes de emergencia y evacuación. La Administración elaborará para cada centro de trabajo un Plan de Emergencia y Evacuación, en el que se analicen las posibles situaciones de emergencia y se establezcan las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.

4. Vigilancia de la salud. La Administración garantizará al personal trabajador la vigilancia periódica de su estado de salud, a través de los Centros de Prevención de Riesgos Laborales, en función de los riesgos inherentes al trabajo.

5. Personas especialmente sensibles. Adaptación de los puestos de trabajo a las personas empleadas públicas especialmente sensibles.

6. Protección a la maternidad. Adaptación de los puestos de trabajo para la protección a la maternidad.

7. Formación del personal trabajador. La Administración debe garantizar que cada persona trabajadora reciba una formación suficiente y adecuada en materia preventiva.

8. Información, consulta y participación del personal trabajador. La Administración debe informar al personal trabajador de los riesgos existentes en sus puestos de trabajo, las medidas preventivas necesarias y las medidas de emergencia y evacuación en el centro de trabajo.

Estructura del Plan de Prevención

El Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de Justicia se estructura según el siguiente contenido:

Plan de Prevención de Riesgos Laborales: cuerpo principal del plan en el que se establecen los objetivos, políticas y directrices generales para la prevención de riesgos en los centros de trabajo de la Administración de Justicia.

Anexo I. Relación de centros de trabajo:

◦ Relación de centros de trabajo de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía dependientes de la Junta de Andalucía.

◦ Relación de centros de trabajo cuya titularidad corresponde a otras administraciones (Juzgados de Paz), en los que desempeñan su trabajo el personal al servicio de la Administración de Justicia.

Anexo II. Manual de Procedimientos: procedimientos para la gestión de la prevención de riesgos laborales de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.