CONSEJERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR

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Políticas Migratorias

INFORME SOBRE ESFUERZO DE INTEGRACIÓN

1.- ¿QUÉ ES EL INFORME SOBRE ESFUERZO DE INTEGRACIÓN?

Es un informe que la persona extranjera puede presentar, como información a valorar a la hora de renovar la autorización de residencia temporal, en caso de no acreditar el cumplimiento de alguno de los requisitos previstos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 51.6, 61.7, 71.6 y 109.6, del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.

2.- ¿QUÉ SE ENTIENDE POR ESFUERZO DE INTEGRACIÓN?

A los efectos del Informe se entiende por esfuerzo de integración la participación activa de la persona extranjera en acciones formativas destinadas a:

- Conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España.

- Conocimiento y respeto de los valores del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

- Conocimiento y respeto de los valores de la Unión Europea.

- Conocimiento y respeto de los derechos humanos.

- Conocimiento y respeto de las libertades públicas y la democracia.

- Conocimiento y respeto de la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres.

- Aprendizaje del castellano.

3.- ¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

En Andalucía lo puede solicitar la persona extranjera que:

- Se encuentre en plazo para renovar su autorización de residencia temporal inicial o renovada y que carezca de algún requisito exigido legalmente para dicha renovación.

- Que la renovación de residencia la vaya a realizar en alguna de las Oficinas de Extranjería existentes en Andalucía

- Que esté empadronado en un municipio de Andalucía.

- Que haya participado activamente en algunas de las acciones formativas que se han relacionado en el apartado 2.

4.- ¿DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD?

Las solicitudes se presentarán preferentemente en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía de la provincia dónde vaya a renovar la autorización de residencia. Se aconseja acudir a las oficinas tramitadoras de la documentación, las direcciones son las siguientes:

Almería

SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL DE JUSTICIA E INTERIOR
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS
C/ Alcalde Muñoz, 15. 04071 Almería
Teléfono: 950 00 64 00 / 950 00 64 02
Email: pmigratorias.almeria.dgob@juntadeandalucia.es
Registro:
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN ALMERÍA.
Paseo de Almería, 68. 4071 Almería

Cádiz

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN CÁDIZ (Registro)
SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL DE JUSTICIA E INTERIOR
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS
Plaza de España,19 - Planta baja, 1ª, 3ª y 4ª 11071- Cádiz
Teléfono: 600 14 66 29/ 600 14 66 25
Email: pmigratorias.cadiz.dgob@juntadeandalucia.es

Córdoba

SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL DE JUSTICIA E INTERIOR
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS
C/ Tomás de Aquino S/N. Edificio Servicios Múltiples 6ª planta. 14071-Córdoba
Teléfono: 957 00 14 32 / 957 00 15 64
Email: pmigratorias.cordoba.dgob@juntadeandalucia.es
Registro:
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN CÓRDOBA
C/ San Felipe, 5. 14071-Córdoba

Granada

SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL DE JUSTICIA E INTERIOR
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS
C/ Azacayas, 14. 18010-Granada
Teléfono: 958 02 42 00 / 958 02 99 40
Email: pmigratorias.granada.dgob@juntadeandalucia.es
Registro:
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCIA EN GRANADA
Gran Vía de Colón, 54-56. 18071-Granada

Huelva

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN HUELVA (Registro)
SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL DE JUSTICIA E INTERIOR
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS
C/ Sanlúcar de Barrameda, 3. 21071-Huelva
Teléfono: 959 01 14 00 / 671 53 50 02
Email: pmigratorias.huelva.dgob@juntadeandalucia.es

Jaén

DELEGACION DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN JAÉN (Registro)
SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL DE JUSTICIA E INTERIOR
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS
Plaza de las Batallas, 1. 23071-Jaén
Teléfono: 953 00 30 00 / 953 00 30 70
Email: pmigratorias.jaen.dgob@juntadeandalucia.es

Málaga

DELEGACION DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA (Registro)
SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL DE JUSTICIA E INTERIOR
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS
Alameda Principal, 18. 29071-Málaga
Teléfono: 951 03 86 00 / 951 03 77 29
Email: pmigratorias.malaga.dgob@juntadeandalucia.es

Sevilla

DELEGACION DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN SEVILLA (Registro)
SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL DE JUSTICIA E INTERIOR
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MIGRATORIAS
Pza. de la Contratación, 3. 41071-Sevilla
Teléfono: 955 042 100 / 955 04 21 65
Email: pmigratorias.sevilla.dgob@juntadeandalucia.es

5.- ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBE PRESENTAR?

- Solicitud cumplimentada conforme al modelo normalizado que puede obtenerse en la página WEB de la Consejería de Empleo.

-Tarjeta de identidad de la persona extranjera solicitante (TIE).

- Certificado de empadronamiento.

- Resolución de concesión de Autorización inicial o renovada de residencia temporal, en caso de no adjuntar TIE.

- DNI o TIE del representante legal, en su caso.

- Certificaciones de todas y cada una de las acciones formativas alegadas en la solicitud.

- Certificaciones o acreditaciones, en su caso, de otros méritos complementarios alegados.

En su caso, documentos justificativos de los motivos alegados para la petición.

Los documentos que acompañen a la solicitud deben ser originales o copias auténtica o autenticadas.

6.- ¿QUÉ ENSEÑANZAS PUEDEN SERVIR PARA DEMOSTRAR LA PARTICIPACIÓN ACTIVA EN LAS ACCIONES FORMATIVAS ANTERIORMENTE RELACIONADAS?

Podrán admitirse para su valoración, aunque no se haya superado las pruebas, la asistencia regular a una o varias de las siguientes enseñanzas:

- Las correspondientes al Sistema Educativo Español, contempladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Tendrá especial consideración la Educación de personas adultas, impartida por los Centros de Adultos dependientes de entidades públicas o acreditadas al efecto.

- Acciones de Formación Profesional para el Empleo impartidas por los Servicios Públicos de Empleo o por otros organismos públicos o entidades acreditadas por los mismos.

- Cursos de lengua y cultura española y otros valores impartidos por entidades públicas, o por entidades privadas acreditadas, conforme a lo dispuesto en la Disposición transitoria única.

- Jornadas, congresos, cursos y otras actividades formativas impartidos por entidades públicas o por entidades privadas acreditadas, conforme a lo dispuesto en la Disposición transitoria única.

7.- ¿CÓMO DEBEN SER LOS CERTIFICADOS QUE APORTEN PARA DEMOSTRAR LA PARTICIPACIÓN EN LAS ACCIONES FORMATIVAS?

Los certificados deben contener:

- Nombre, apellidos y NIE

- Programa desarrollado

- Número de horas totales de la acción formativa con especificación del número de horas dedicadas al conocimiento de los contenidos relacionados en el apartado 2.

- El nivel de asistencia en número de horas de la persona sobre la que se certifica.

8.- ¿QUÉ OBLIGACIONES ADQUIERE LA PERSONA QUE RECIBE EL INFORME SOBRE ESFUERZO DE INTEGRACIÓN?

- Someterse a las actuaciones de comprobación de los datos y documentos aportados, que pueda efectuar el órgano competente para la expedición del informe de esfuerzo de integración, así como cualesquiera otras de comprobación y control que puedan realizar los órganos de control competentes, autonómicos, nacionales y comunitarios, a los que facilitarán cuanta información les sea requerida al efecto.

- Conservar los documentos justificativos que dieron lugar a la presentación y emisión del informe correspondiente, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

9.- ¿QUIÉN EMITE EL INFORME SOBRE ESFUERZO?

La emisión del informe positivo sobre esfuerzo de integración o, en su caso, su denegación, corresponde a la Dirección General competente en materia de Coordinación de Políticas Migratorias.

10.- NORMATIVA REGULADORA Y FORMULARIO DE SOLICITUD.

Orden de 16 de febrero de 2012, por la que establece el procedimiento para la emisión del informe sobre esfuerzo de integración de la persona extranjera en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA nº 46 de 7 de marzo de 2012)

La Orden y el formulario de la solicitud puede obtenerse en la página web de la Consejería de Justicia e Interior.
Importante: Para abrir el formulario se precisa Adobe Reader a partir de su versión 9.0. Este programa es de libre descarga en Internet.
Igualmente estarán a disposición de las personas solicitantes en los Servicios Centrales de la Consejería de Justicia e Interior, así como en las Secretarías Generales Provinciales de Justicia e Interior de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.