La Planificación Hidrológica es el principal instrumento de gestión de los recursos hídricos de un territorio. A la Junta de Andalucía le corresponde la elaboración de los Planes hidrológicos intracomunitarios: Tinto, Odiel y Piedras; Guadalete- Barbate; y Cuencas Mediterráneas Andaluzas.
Dichos planes hidrológicos fueron informados favorablemente por el Consejo Nacional del Agua en su reunión del día 28 de octubre de 2015, por lo que se procedió su aprobación mediante el Real Decreto 11/2016, de 8 de enero.
Los planes aprobados corresponden al ciclo de planificación 2015-2021 y sustituyen a los planes del ciclo anterior 2009-2015, que quedan derogados.
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Fecha de aprobación:
08 de enero de 2016
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Instrumento de aprobación:
Real Decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras -
Documentos del plan:
- - Memoria (16,87MB)
- - Apéndice 1: Fichas de caracterización adicional de las masas de agua subterráneas de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras (2,24MB)
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- Anejos a la Memoria (0,01MB)
- Anejo 01: Designación de masas de agua artificiales y muy modificadas (2,06 MB)
- Anejo 02: Inventario de Recursos Hídricos (4,07 MB)
- Anejos 03: Usos y demandas agua (7,83 MB)
- Apéndice 3.1: Cuestionario de demanda urbana (1,23 MB)
- Apéndice 3.2: Unidades de demanda urbana (1,36 MB)
- Apéndice 3.3: Cuestionario de demanda agraria (1,17 MB)
- Apéndice 3.4: Unidades de demanda agraria (1,95 MB)
- Apéndice 3.5: Cuestionario sobre utilización y consumo de agua en la industria (1,17 MB)
- Apéndice 3.6: Acuicultura (1,11 MB)
- Anejo 04: Registro de Zonas Protegidas (3,76 MB)
- Anejo 05: Implantación del Régimen de Caudales Ecológicos (2,64 MB)
- Anejo 06: Sistemas de Explotación y Balances (4,68 MB
- Anejo 07: Inventario Presiones (7,72 MB)
- Anejo 08: Objetivos Medioambientales y Exenciones (2,10 MB)
- Apéndice 8.1: Masas en buen estado (8,31 MB)
- Apéndice 8.2: Fichas de Excepciones y Prórrogas en las Masas de Agua de la demarcación hidrográfica Tinto, Odiel y Piedras (15,7 MB)
- Apéndice 8.3: Nuevas alteraciones o modificaciones (1,60 MB)
- Apéndice 8.4: Relación presiones-estado-medidas-objetivos ambientales (1,23 MB)
- Anejo 09: Recuperación de costes de los servicios del agua (2,05 MB)
- Anejo 10: Programa de Medidas (1,91 MB)
- Anejo 11: Participación Pública (2,29 MB)
- Apéndice 11.1: Modelos de encuesta a los agentes del agua (2,98 MB)
- Apéndice 11.2: Información de Trabajo y Resultados Talleres Territoriales (1,17 MB)
- Apéndice 11.3: Alegaciones a los documentos iniciales (1,25 MB)
- Apéndice 11.4: Alegaciones al esquema provisional de temas importantes (1,36 MB)
- Apéndice 11.5: Consultas al documento inicial de evaluación ambiental estratégica (1,14 MB)
- Apéndice 11.6: Newsletter Planes Hidrológicos Cuencas Intracomunitarias Andaluzas (1,61 MB)
- Apéndice 11.7: Alegaciones (2,08)
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- Normativa (1,65MB)
Anexo a la normativa (15,1 MB)
- - Evaluación Ambiental Estratégica (0,01MB)
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- Documentación Complementaria (0,01MB)
- Acuerdo Consejo Gobierno. Aprobación Inicial (68,7 KB)
- Ciclo de Planificación Hidrológica. Informe Consejo Andaluz del Agua sobre el proyecto de revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Tinto, Odiel y Piedras (10,0 MB)
- Real Decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras (172 MB)
- Orden de 23 de febrero de 2016, por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico del Tinto, Odiel y Piedras, aprobados por el Real Decreto 11/2016, de 8 de enero
OBJETIVO
La planificación hidrológica es un requerimiento legal que se establece con los objetivos (art.40 TRLA) generales de conseguir el buen estado y la adecuada protección de las masas de agua de la demarcación, la satisfacción de las demandas de agua y el equilibrio y armonización del desarrollo regional y sectorial. Estos objetivos han de alcanzarse incrementando las disponibilidades del recurso, protegiendo su calidad, economizando su empleo y racionalizando sus usos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales.
Para la consecución de los objetivos, la planificación hidrológica se guiará por criterios de sostenibilidad en el uso del agua mediante la gestión integrada y la protección a largo plazo de los recursos hídricos, prevención del deterioro del estado de las aguas, protección y mejora del medio acuático y de los ecosistemas acuáticos y reducción de la contaminación. Asimismo, la planificación hidrológica contribuirá a paliar los efectos de las inundaciones y sequías.
DESARROLLO DEL PLAN
La Directiva Marco del Agua (DMA) introduce un proceso de planificación cíclico de 6 años, exigiendo la preparación de un Plan Hidrológico a nivel de la demarcación hidrográfica en 2015 y 2021 y así en adelante. La planificación hidrológica requerida en la DMA es por tanto un proceso cíclico e iterativo. Es preciso, en primer lugar, identificar los objetivos, considerar posibles medidas para alcanzar dichos objetivos, considerar la viabilidad técnica, costes y beneficios de la implantación de medidas y, en función de los resultados de estos análisis, proceder a su implantación o reevaluar los objetivos y considerar la utilización de objetivos alternativos.
La última fase de la planificación consiste en la definición de un Programa de medidas en el que se hayan tenido en cuenta los resultados de los estudios realizados para determinar las características de la demarcación, las repercusiones de la actividad humana en sus aguas, así como el estudio económico del uso del agua en la misma. La finalidad del programa de medidas (art. 92 quater TRLA) es la consecución de los objetivos medioambientales basándose en criterios de racionalidad económica y sostenibilidad.
Para conseguir la consecución de los objetivos medioambientales se han combinado las medidas más adecuadas considerando los aspectos económicos, sociales y ambientales de las mismas. Además en la selección del conjunto de medidas se ha tenido en cuenta los resultados del análisis coste-eficacia y los efectos sobre otros problemas medioambientales y sociales.
El Programa de Medidas cuenta con 163 medidas en total, de las cuales 57 son medidas básicas para implementar la legislación comunitaria, 8 son medidas básicas de acuerdo con los artículos 46 al 54 del RPH y 98 son medidas complementarias.
SISTEMA DE EVALUACIÓN
El seguimiento del Plan Hidrológico de cuenca consiste en la elaboración y mantenimiento de un sistema de información sobre el estado de las masas de agua, teniendo en cuenta también los objetivos ambientales específicos de las zonas protegidas. Este sistema de información se utilizará para el seguimiento del Plan Hidrológico que debe realizar el Organismo de cuenca.
La consejería mantendrá una información actualizada sobre el estado de las masas de agua y el desarrollo de la ejecución de las actuaciones del Plan Hidrológico Nacional y de los programas de medida de los planes de cuenca.