Los Espacios Naturales de Doñana y de Sierra Nevada, en los que la belleza de los paisajes, la representatividad de sus ecosistemas o la singularidad de su flora, de su fauna o de sus formaciones geomorfológicas, encuentran muchos elementos valiosos de interacción en cada uno de ellos, constituyen cada uno una figura de gestión integral que aglutina las derivadas de las que se han de llevar a cabo en virtud de las dos categorías de protección legal de ámbito nacional y autonómico diferentes que recaen sobre ellos, como son las de Parque Nacional y Parque Natural, la pertenencia de los mismos a la Red Natura 2000 y las de su reconocimiento mediante figuras de carácter internacional como Reservas de la Biosfera, en ambos casos y las de Sitio Ramsar y Patrimonio de la Humanidad en el caso del Parque Nacional de Doñana.

La coordinación interadministrativa necesaria y la participación ciudadana en la gestión de cada uno de estos espacios se efectúa a través de un Órgano Colegiado denominado Consejo de Participación que asume las funciones que correspondían a los Patronatos de los Parques Nacionales de Doñana y Sierra Nevada y a las Juntas Rectoras de los Parques Naturales del mismo nombre.