Se encuentran sometidas a Calificación Ambiental y a Declaración Responsable de los Efectos Ambientales, las actuaciones, tanto públicas como privadas, que no estando sometidas a autorización ambiental integrada, autorización ambiental unificada ni autorización ambiental unificada simplificada, aparecen así señaladas en el Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, así como sus modificaciones sustanciales.
- La calificación ambiental favorable constituye requisito indispensable para el otorgamiento de la licencia municipal correspondiente.
- Las actividades sometidas a declaración responsable de los efectos ambientales que se extiendan a más de un municipio se tramitarán por este procedimiento, si bien las Administraciones locales afectadas deberán adoptar los oportunos mecanismos de colaboración.