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Datum der Daten:
11 von März von 2024
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Rahmen:
1:10.000 a 1:50.000
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Territorialer Geltungsbereich:
Andalucía
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Quelle:
Bases de datos de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, Delegaciones Territoriales de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, Agencia de Medio Ambiente y Agua. Información de los propietarios a través del RETAMA
Temporada de Caza 2023-2024
La leyenda define, por una parte, las grandes Áreas Cinegéticas para la gestión de la caza en Andalucía, y, por otra, categoriza los distintos tipos de terrenos cinegéticos según se refleja en el capítulo III de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres:
- Áreas Cinegéticas: territorios homogéneos en cuanto a características físicas, biológicas y ambientales, caracterizadas por especies representativas, que se establecen como unidades coherentes de ordenación y gestión de las actividades cinegéticas
- Cotos privados de caza: aquellos terrenos dedicados al aprovechamiento cinegético por sus titulares, con o sin ánimo de lucro.
- Cotos deportivos de caza: los constituidos sin ánimo de lucro con idéntica finalidad que los cotos privados de caza cuya titularidad corresponda a la Federación Andaluza de Caza o a cualquier otra entidad deportiva andaluza federada dedicada a la caza, constituidas conforme a la normativa que les sea de aplicación.
- Cotos intensivos de caza: aquellos que tienen como fin prioritario el ejercicio de la caza mediante sueltas periódicas de piezas criadas en granjas cinegéticas o en el que se realizan habitualmente repoblaciones de especies y manejo intensivo de la alimentación.
- Reservas andaluzas de caza: son zonas de aprovechamiento cinegético declaradas como tales por ley con el fin de promover y conservar hábitats favorables para el desarrollo de poblaciones cinegéticas de calidad.
- Zonas de caza controlada: son aquellas que se constituyen, con carácter temporal, por Orden del titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, sobre terrenos no declarados reservas andaluzas de caza o cotos de caza, en los que se considere conveniente establecer, por razones de protección, conservación y fomento de la riqueza cinegética un plan técnico de caza, que será elaborado por la citada Consejería.
Para la definición de la áreas cinegéticas se han seguido los pasos siguientes:
- Elaboración de un estudio de homogeneización de factores que afectan a las especies cinegéticas
- Creación de capa provisional de áreas cinegéticas, basada en dichos factores
- Modificación de los límites de los polígonos provisionales en la primera fase de la elaboración de los planes de caza de las áreas cinegéticas respectivas, con el criterio de no dividir los terrenos cinegéticos.
- Superado el control de calidad de la estructura, la información es revisada por un técnico del Instituto Andaluz de Caza y Pesca Continental.
Para la definición de los terrenos cinegéticos se han seguido los pasos siguientes:
- Agregación de geometrías y creación de atributos de diferentes formatos (cartografía analógica y digital) y orígenes (Delegaciones Territoriales, AMAyA, Retama).
- Incorporación de las creaciones, anulaciones, ampliaciones, segregaciones y modificaciones de superficie de cotos efectivas en el inicio de la temporada correspondiente.