PORN y PRUG del Espacio Natural de Doñana

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Nota:  De acuerdo con la Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de la Sentencia de 21 de noviembre de 2018, de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en relación al Procedimiento Ordinario núm. 65/2017:

Quedan anulados:

  • Los epígrafes 8.4.7.a)1, 2 y 8 y b)1, 8.4.10.b) y 8.6.1.5.3.2 del PORN y el epígrafe 5.1.6.5.3, contenidos en el anejo V (sic), limitándose la declaración de nulidad a la superficie en la que se produce la coincidencia espacial de la Zona de Protección del mar litoral del Parque Nacional de Doñana con la zona de servicio del Puerto de Sevilla.
  • Los epígrafes 8.4.4.1.b), 8.4.4.2); 8.4.4.3); 8.4.4.6.a) y b), 8.4.4.9, 8.4.4.10.a).3 y 8.6.2.1.2.n) del mismo anexo V, así como los epígrafes 6.2.1.p) y 6.2.2.h) todos ellos del anexo VI del Decreto 142/2016, de 2 de agosto, de la Junta de Andalucía, por el que se amplía el ámbito territorial del Parque Natural de Doñana, se declara la Zona Especial de Conservación Doñana Norte y Oeste (ES6150009) y se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Espacio Natural Doñana, por no resultar ajustados a Derecho.

Nota: De acuerdo con la Resolución de 20 de enero de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone dar cumplimiento a la Sentencia de fecha 21 de julio de 2020, de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en relación al Procedimiento Ordinario núm. 759/2016: Quedan anulados el epígrafe 8.4.10.2.a)4 del Anexo V. PORN del Espacio Natural Doñana y el epígrafe 6.2.1.ff) del Anexo VI. PRUG del Espacio Natural Doñana, en lo relativo a la prohibición de acumulación y enterramiento de materias primas o productos.

Nota. El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Espacio Natural Doñana, tienen la consideración de Plan de Gestión a los efectos de lo establecido en el artículo 6.1. del Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

 

Documentos del plan:

- Decreto 142/2016, de 2 de agosto, por el que se amplía el ámbito territorial del Parque Natural de Doñana, se declara la ZEC Doñana Norte y Oeste y se aprueban el PORN y el PRUG del Espacio Natural Doñana (Boja nº 185, de 26 de septiembre).