Las siguientes actividades e instalaciones de gestión de residuos, ubicadas en Andalucía, serán objeto de inscripción registral en el registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las actividades que usan disolventes orgánicos:
- Las instalaciones en las que se desarrollen operaciones de tratamiento de residuos, incluido el almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento, así como las personas físicas o jurídicas que vayan a desarrollar dichas actividades cuando tengan su domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
- Las personas o entidades titulares de actividades de recogida de residuos.
- Las personas o entidades transportistas de residuos.
- Las personas o entidades negociantes y agentes.
- Las personas o entidades titulares de actividades en las que se realicen operaciones de gestión de residuos exentas de autorización según lo previsto en el artículo 28 de la Ley 22/2011, de 28 de julio.