OBJETO

Cumplir con la obligación establecida para los titulares de las actividades para las que se han obtenido autorización ambiental integrada de presentar una declaración anual de su actividad sobre el cumplimiento de las condiciones de la autorización.

Esta declaración deberá contener la comparación entre el funcionamiento de la instalación, incluido el nivel de emisiones, y las mejores técnicas disponibles.

Órgano tramitador

Delegaciones Territoriales de la Consejería.

Lugar

Delegaciones Territoriales de la Consejería.

Personas afectadas

Las personas o entidades titulares de las actividades para las que se han obtenido autorización ambiental integrada.

Fecha de inicio
2021-01-01
Fecha de fin
2021-03-01
Plazo máximo de resolución/notificación

Vigencia : Continuada

Observaciones

La declaración de la actividad correspondiente a cada año se presentará antes del 1 de marzo del año siguiente.

Enlace al Boletín

DECRETO 5/2012, de 17 de enero, por el que se regula la autorización ambiental integrada y se modifica el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada.