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En el tablón de anuncios puede consultar las publicaciones de listados provisionales de electores y candidaturas presentadas, con indicación de las causas de exclusión para la elección de las personas representantes de los usos del agua

Los Comités de Gestión son órganos colegiados para la explotación de las obras hidráulicas y gestión de los recursos de aguas superficiales y subterráneas de los sistemas y subsistemas de explotación, cuya gestión corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, existiendo siete Comités de Gestión correspondientes a Málaga, Campo de Gibraltar, Granada, Almería, Guadalete, Barbate y Huelva.

El procedimiento tiene por objeto la elección de las vocalías correspondientes a los usuarios de forma proporcional a los diferentes usos: usos agrarios, industriales e hidroeléctricos y usos urbanos que serán elegidos entre ellos proporcionalmente a los intereses que representan y de acuerdo con la distribución contenida en el Anexo IV del Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan los Órganos Colegiados de Participación Administrativa y Social de la Administración Andaluza del Agua,

El procedimiento de elección se anunciará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la provincia correspondiente en el que se fijará el plazo para la presentación de solicitudes de participación y de candidaturas. En el lugar y fecha señalado en el anuncio se procederá a la apertura del acto de elección con la lectura  de las candidaturas recibidas, las admitidas y excluida. El voto será público, debiéndose ajustar al modelo normalizado que figura como Anexo III en la Orden de 28 de mayo de 2019, por la que se establecen los procedimientos y criterios de elección de los miembros de los Comités de Gestión de las Cuencas intracomunitarias de Andalucía. 

Órgano tramitador

Delegación Territorial competente en materia de agua a la que esté adscrito el Comité de Gestión

Lugar

Se presentarán en cualquiera de los registros previstos en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Igualmente, podrán presentarse en el registro electrónico de la Administración de la JJAA.

Requisitos

Podrán ser electores aquellos que sean titulares de derecho de uso de agua y aprovechamiento que comprende a los titulares de derechos concesionales y autorizaciones sobre el dominio público hidráulico. Además, para los usos agrarios, podrán ser electores aquellos que tengan derecho de uso del agua correspondiente a zonas de riego o proyectos de iniciativa pública declarados de interés general que se encuentren en proceso de regularización.

Los electores deberán acreditar ante la Presidencia del Comité de Gestión el título inscrito. La validación de dicha acreditación se realizará por el órgano competente.

Podrán ser candidatos aquellos electores que presenten su candidatura.

Las propuestas de nombramientos, modificación o renovación atenderán al cumplimiento del principio de representación equilibrada entre hombres y mujeres, de conformidad con el artículo 4 del Decreto 477/2015, de 17 de noviembre.

Los electores deberán acreditar ante la presidencia del Comité de Gestión el título de que esté inscrito. En el caso de que la candidatura sea presentada por una comunidad de usuarios, dicha solicitud deberá venir acompañada de un certificado de la junta de gobierno de la citada comunidad proponiendo dicha candidatura.

Fecha de inicio
2021-01-01
Fecha de fin
2030-01-01
Plazo máximo de resolución/notificación

Vigencia : Continuada

Observaciones

Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de agua a la que esté adscrito el Comité de Gestión.

Enlace al Boletín