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Cetrería en Andalucía

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Cetrería en Andalucía

/medioambiente/portal/documents/110932003/110967781/6208953/1d70cd00-5131-94ba-2df7-7c4c22e0e598?t=1693577314296

La cetrería abarca la tenencia, utilización y adiestramiento de aves rapaces para la captura de especies cinegéticas.

La práctica de la cetrería podrá realizarse con las aves rapaces autóctonas relacionadas en el Anexo III del Reglamento de Ordenación de Caza, y con todas las aves rapaces diurnas alóctonas, a excepción de subespecies alóctonas de especies autóctonas.

Para poder practicar la cetrería se han de cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 16 años.
  • Estar en posesión de la correspondiente licencia de caza (licencia básica A ó B, además de la licencia de cetrería C1).
  • Estar en posesión del carné de cetrero, expedido por la Consejería competente.
  • Estar en posesión de los permisos de tenencia de las aves de cetrería con las que se pretende realizar dicha actividad.

El carnet de cetrería se obtiene tras superar las pruebas de aptitud establecidas por la Consejería competente. Estas pruebas se celebrarán una vez al año y serán realizadas por las Asociaciones de Cetrería y por la Federación Andaluza de Caza. Una vez superadas, el interesado deberá remitir una solicitud a la Delegación Territorial de la citada Consejería, adjuntando copia del DNI y dos fotografías tamaño carné.

De este modo, el carnet será expedido por el titular de la Dirección General de Gestión del Medio Natural y Espacios Protegidos de la Consejería, teniendo una validez de 5 años.

Para más información sobre las pruebas de aptitud, se puede contactar con alguna de las asociaciones de cetrería:

  • AECCA - Asociación Española de Cetrería y Conservación de Aves rapaces.
  • ACEAN - Asociación de Cetrería de Andalucía.
  • ACESUR - Asociación de Cetrería del Sur.

El permiso de tenencia de aves de cetrería se ha solicitar en la Delegación Territorial de la Consejería competente correspondiente. Ésta tramitará la solicitud y realizará una inspección previa de las instalaciones, comprobando que reúnen las condiciones adecuadas en función de las necesidades etológicas y fisiológicas de la especie, así como las necesarias condiciones higiénicas y sanitarias, y el origen legal de las aves.

Junto a la solicitud serán necesarios los siguientes documentos:

  • Fotocopia del carnet de cetrero.
  • Croquis de las instalaciones.
  • Documentos que acrediten la legalidad del origen y procedencia de las aves, considerándose como tales el Certificado de Cría en Cautividad expedido por el organismo competente de la Comunidad Autónoma de origen, o el documento CITES, si se trata de un ejemplar importado.