Subvenciones nominativas iniciadas de oficio por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Ejercicio presupuestario 2024.

Información general

Título formal:

Subvenciones nominativas iniciadas de oficio por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Ejercicio presupuestario 2024.

Código:
25595
Organismo:
Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
10/04/2024

Descripción

Concesión de subvención con asignación nominativa en Ley de Presupuestos de la Junta de Andalucía, correspondientes al ejercicio presupuestario 2024, a la Coordinadora Andaluza de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo, por importe de 100.000 €, para la financiación del proyecto denominado “Andalucía joven y solidaria”, cuyo procedimiento se inicia de oficio de acuerdo con lo previsto en el artículo 31 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el 282/2010 de Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 4 mayo.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Plazo de Inicio

  • Condicionado a la notificación de la Resolución por la que se concede plazo para realizar el trámite
  • Plazo de subsanación

    Condicionado

    Condicionado a la notificación de la Resolución por la que se concede plazo para realizar el trámite

  • Plazo de justificación

    Condicionado

    Condicionado a la notificación de la Resolución por la que se concede plazo para realizar el trámite

  • Plazo de aportación de documentos

    Condicionado

    Condicionado a la notificación de la Resolución por la que se concede plazo para realizar el trámite

  • Plazo de alegaciones

    Condicionado

    Condicionado a la notificación de la Resolución por la que se concede plazo para realizar el trámite

Información adicional

Agota vía administrativa

No

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Novedades

  • 10/04/2024 Resolución de 1 de abril de 2024, de la Directora de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica subvención nominativa concedida en el primer trimestre de 2024.

  • 10/04/2024 Se ha modificado el campo: Normativas

  • Última actualización: 10/04/2024
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