Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía

Información general

Raúl Jiménez
Titular
Raúl Jiménez Jiménez
Sede
Agencia Digital de Andalucía
C/ Gonzalo Jiménez de Quesada,2. Edificio Torre Sevilla, 3ª planta
Sevilla, 41092
Teléfono: 955061501
Correo electrónico:

Biografía

Ingeniero Superior de Telecomunicaciones por la Universidad de Málaga y Master Executive en Administración y dirección de empresas por ESESA.

Ha sido director gerente de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (2019-2021), y Teniente Alcalde de Derechos Sociales del Ayuntamiento de Málaga (2018-2019), donde ejercía además la Presidencia de la Sociedad Anónima Municipal dedicada a la gestión de la ayuda a domicilio, y la Vicepresidencia del CEMI, el Centro Municipal de Informática del Ayuntamiento de Málaga. Con anterioridad ha sido Teniente Alcalde de Sostenibilidad Medioambiental (2013-2018), Consejero Delegado de EMASA y Vicepresidente de LIMASA.

En la empresa privada ejerció como Ingeniero comercial en IKUSI, entre julio de 2005 y julio de 2007.

Funciones

Corresponde a la Dirección Gerencia, sin perjuicio de las competencias de los órganos de gobierno, la dirección y representación legal ordinaria de la Agencia, la adopción de las medidas necesarias para la ejecución de las decisiones del Consejo Rector y de la Presidencia, así como:

a) Formular y elevar al Consejo Rector la propuesta del plan inicial de actuación con el ámbito temporal que se dispone en el artículo 58.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y sus modificaciones, así como la propuesta de plan plurianual de actuación y sus modificaciones.

b) Formular y elevar al Consejo Rector la propuesta del plan anual de actuación y sus modificaciones.

c) Formular y elevar al Consejo Rector la propuesta de memoria anual de actividad correspondiente al año inmediatamente anterior, en la cual se informará también sobre el seguimiento del plan anual de actuación.

d) Formular y elevar al Consejo Rector el borrador del anteproyecto de estado de gastos de presupuesto anual de la Agencia.

e) Formular y elevar al Consejo Rector el Plan de igualdad en el empleo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

f) Actuar como órgano de contratación de la Agencia y celebrar en su nombre los contratos, convenios y encargos de ejecución relativos a los asuntos propios de la misma.

g) Establecer, a propuesta del Consejo Rector, sistemas de información de uso obligatorio en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales y consorcios adscritos.

h) Formular y elevar al Consejo Rector la propuesta de relación de puestos de trabajo.

i) Autorizar los gastos, efectuar las disposiciones, contraer obligaciones y ordenar pagos, conforme a la normativa aplicable y salvo en los casos reservados por Ley a la competencia del Consejo de Gobierno o de la Consejería competente en materia de estrategia digital.

j) Resolver los procedimientos de concesión de subvenciones.

k) Acordar la remisión de expedientes y actuaciones a la Administración de Justicia, al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía y a cualesquiera otros órganos y organismos que correspondan de acuerdo con la normativa de aplicación.

l) Gestionar la información y los servicios que se presten en la sede electrónica que corresponda a la Agencia, garantizándose su integridad, veracidad y actualización, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.

m) Responder a las sugerencias y reclamaciones que realice la ciudadanía en el Libro de Sugerencias y Reclamaciones de la Junta de Andalucía relativas a los servicios prestados por la Agencia y al funcionamiento técnico de los sistemas, aplicaciones, herramientas, infraestructuras, portales y sedes electrónicas.

n) Responder a las solicitudes de acceso a la información pública que formule la ciudadanía relativas a las materias propias de la Agencia.

ñ) Ejercer las facultades atribuidas al empresario por la legislación laboral en tanto no correspondan a los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía competentes en materia de personal por el carácter de agencia administrativa de la Agencia Digital de Andalucía.

o) Designar al Delegado de protección de datos de la Agencia.

p) Orientar, coordinar, planificar, impulsar e inspeccionar la actividad de los órganos y unidades administrativas de la Agencia y del personal al servicio de la misma.

q) Nombrar representantes de la Agencia en organizaciones en las que ésta se pueda integrar.

r) El impulso de las actuaciones de la Agencia para el acceso a la información pública, la reutilización de los datos y de la información, el fomento de la participación ciudadana y la capacitación digital de la ciudadanía, así como la colaboración con el sector de las tecnologías de la información y la comunicación.

s) Las demás a que se refieren los presentes estatutos, las que se determinen en otras disposiciones de aplicación, así como las que se le deleguen.

Asimismo, le corresponden las competencias que respecto al personal se atribuyen a las personas titulares de las Consejerías y Viceconsejerías, así como resolver los procedimientos disciplinarios que se sigan contra el personal al servicio de la Agencia, salvo la imposición de la sanción de separación del servicio.

Normativa de referencia

Índice