Convenio entre la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Roquetas de Mar para el desarrollo y ejecución de un proyecto de hundimiento de una embarcación para crear un arrecife artificial.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Roquetas de Mar
El Director Gerente de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
Duración
El Convenio queda perfeccionado desde la fecha del último de sus signatarios, entrando en vigor dicho día y tendrá una duración de dos años.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente la prórroga por otros dos años adicionales o su extinción.
De igual forma, finalizada esta primera prórroga, si fuera preciso, se podrá prorrogar el Convenio por otros dos años, en cuyo caso la duración máxima total del Convenio, con todas sus prórrogas, será de seis años.

Objeto

  1. El objeto del Convenio consiste en establecer la colaboración entre la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (en adelante, AGAPA) y el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería) para el asesoramiento al Ayuntamiento de Roquetas de Mar en la actuaciones a desarrollar para la ejecución del Proyecto "Regeneración de Fondo Marino mediante hundimiento de un Pecio submarino", que forma parte de las actuaciones del "Plan de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD) de Roquetas de Mar", que ha sido objeto de la concepción de una subvención, a favor del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, en virtud de Orden de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de 16 de agosto de 2023, financiada en su totalidad por la Unión Europea, fondos «Next Generation-EU», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
  2. Por otra parte, el Convenio fija el destino del proyecto a implantar y los compromisos que adquieren el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), y la AGAPA como entidades interesadas en el desarrollo y ejecución del proyecto.

Obligaciones económicas

El presente Convenio no dará lugar a contraprestaciones económicas entre las partes que lo suscriben.

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