Ayudas directas a productores de cítricos para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania 2022

Novedad (06/09/2022)

Se ha publicado Resolución de la ayuda excepcional establecida en Real Decreto 428/2022 y sus Anexos en el apartado "Seguimiento" del Catálogo de Procedimientos y Servicios.

Novedad (28/07/2022)

Se ha publicado en BOJA el Anuncio de 21 de julio de 2022, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera y de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, de la Ayuda Excepcional prevista en el Real Decreto 428/2022, de 7 de junio, para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico de Ucrania.

El trámite de audiencia para que las personas interesadas puedan alegar y presentar la documentación pertinente es de 5 días hábiles a contar desde la publicación de este anuncio.

Documentos:

Novedad (23/07/2022)

Se ha publicado Propuesta Provisional de Resolución de la ayuda excepcional establecida en Real Decreto 428/2022 y sus Anexos en el apartado "Seguimiento" del Catálogo de Procedimientos y Servicios.

En esta Propuesta Provisional de Resolución se concede Trámite de Audiencia a las personas interesadas para que aquellas que estén disconformes con la información publicada, puedan en el plazo de 5 días hábiles, alegar y presentar la documentación que estimen pertinente. Dicho plazo comenzará a contar desde el día siguiente a la publicación en BOJA del Anuncio de la citada Propuesta Provisional de Resolución que previsiblemente se producirá el 27 de julio.

Objeto de la convocatoria

Esta convocatoria tiene por objeto conceder una ayuda, de carácter excepcional, con el fin de aliviar las consecuencias económicas resultantes de las perturbaciones del mercado derivadas del conflicto bélico en Ucrania sobre las personas productoras de vacuno de carne, ovino y caprino de carne, avicultura de carne (pollos de engorde) y conejos, así como para los agricultores productores de cítricos.

Normativa

Beneficiarios de la ayuda

Podrán ser beneficiarias de esta ayuda las personas productoras de los siguientes sectores productivos:

  • Vacuno de carne
  • Ovino y caprino carne
  • Avícola carne (pollos de engorde)
  • Cunícola
  • Cítricos

Las personas beneficiarias deberán cumplir con lo establecido en el artículo 3 del citado Real Decreto 428/2022, de 7 de junio.

Cuantía de la ayuda

El importe total destinado para los agricultores y ganaderos de la Comunidad Autónoma de Andalucía es de 27.306.027 euros, con la siguiente distribución entre los sectores beneficiarios de las ayudas:

  • Nodriza: 9.752.973€
  • Cebo: 299.913€
  • Ovino-caprino: 6.506.976€
  • Pollos: 1.708.374€
  • Conejos: 49.428€
  • Cítricos: 8.988.363€
  • Total: 27.306.027€

El importe de la ayuda a percibir por cada beneficiario será el resultado de distribuir el presupuesto asignado a cada uno de los sectores productivos entre el número de beneficiarios finalmente admisibles, sin que en ningún caso se puedan superar las siguientes cuantías máximas:

Productores de cítricos:

  • a) Para las 5 primeras hectáreas: 300 €/ha.
  • b) A partir de 5 hectáreas y hasta 10 hectáreas: 250 €/ha.
  • c) A partir de 10 hectáreas y hasta 30 hectáreas 190 €/ha

Tramitación:

El Real Decreto 428/2022 establece un plazo máximo para la Administración de 3 meses desde su publicación para resolver y notificar o publicar la concesión de la ayuda; igualmente se establece el 30 de septiembre de 2022 como fecha límite para ordenar el pago a los beneficiarios.

Debido a la brevedad de los plazos establecidos, se hace imprescindible una gestión rápida y eficaz de la convocatoria de ayudas, por lo que el inicio de la tramitación de estas ayudas será de oficio por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, por lo que los interesados NO deberán cumplimentar ningún formulario de solicitud de ayuda.

Las personas beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, cuyo último día es el 23 de junio, desde la publicación del Real Decreto para presentar:

  • La posible renuncia a la ayuda (Anexo I del Real Decreto 428/2022).
  • La oposición a la consulta de sus datos (Anexo I del Real Decreto 428/2022), que tendrá el mismo efecto que la renuncia.
  • La declaración responsable (Anexo II del Real Decreto 428/2022), vinculado al cumplimiento de ALGUNO de los requisitos para percibir la ayuda, confirmando que en su explotación agraria está realizando una actividad relacionada con al menos uno de los siguientes objetivos:
    • Economía circular.
    • Gestión de nutrientes.
    • Uso eficiente de los recursos.
    • Producción respetuosa con el medio ambiente.

A título orientativo, se podría considerar que un cítricultor cumple con algunos de los objetivos establecidos en el Real Decreto 428/2022, si realiza en su explotación alguna de las siguientes prácticas:

  • Producción respetuosa con el Medio Ambiente: Se podrá considerar que se cumple con este objetivo aquellos citricultores acogidos a un sistema de producción ecológica o integrada. Podrá justificarse mediante el correspondiente certificación del organismo de control correspondiente al año 2021, o la inscripción en el SIPEA en su caso.
  • Economía circular: Se podrá considerar que cumplen con este objetivo aquellos citricultores que han entregado envases agrarios a Sigfito Agroenvases SL durante el año 2021.

El Anexo II incluye un apartado para indicar la cuenta bancaria en la que solicita el abono de la ayuda. En todo caso, es IMPRESCINDIBLE QUE EL BENEFICIARIO DE LA AYUDA DISPONGA DE UNA CUENTA BANCARIA DADA DE ALTA EN EL SISTEMA GIRO (ver apartado "Alta de cuenta corriente en GIRO"); en caso contrario NO se podrá efectuar el pago de la ayuda.

Esta declaración responsable ÚNICAMENTE es exigible en determinados casos. Aquellos productores de cítricos que hayan presentado en el año 2022 la Solicitud Única prevista en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, NO deberán presentar la mencionada declaración responsable si durante la campaña 2021 hayan cumplido alguno de los siguientes requisitos:

     a) haber percibido pagos para prácticas beneficiosas para el clima o el medio ambiente.

     b) en el caso de que no dispongan de derecho de pago básico, no hayan tenido reducciones por incumplimientos de condicionalidad.

     c) haber percibido determinadas ayudas del programa de desarrollo rural.

Se podrá marcar una o varias casillas de la declaración responsable siempre y cuando exista respaldo documental de la práctica declarada, si bien dicha prueba no deberá aportarse junto con la declaración responsable.

Por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible se pone a disposición de los posibles interesados el listado de NIF susceptibles de ser perceptores de las ayudas a productores de cítricos, con indicación de la superficie admisible inscrita en REAFA/REGEPA a 31 de mayo de 2022, si ha presentado Solicitud Única en 2022, así como si debe presentar la declaración responsable establecida en el Anexo II del Real Decreto 428/2022.

LISTADO DE SUPERFICIES ADMISIBLES PARA LAS AYUDAS DIRECTAS A PRODUCTORES DE CÍTRICOS de estas ayudas confeccionado por la propia Administración sobre la información disponible en las distintas bases de datos (formato pdf, formato xls). La información ofrecida no puede considerarse de carácter vinculante.

Los ANEXOS indicados, debidamente cumplimentados y firmados por el beneficiario de la ayuda, podrán presentarse:

         - Consultar presentación sobre el proceso.

         - Consultar presentación sobre el proceso.

  • En papel, a través de las Oficinas Comarcales Agrarias, si bien, dado lo reducido de los plazos, se recomienda no utilizar este medio de presentación para evitar retrasos en la tramitación.

Alta de cuenta corriente en GIRO

Resulta imprescindible disponer de una cuenta corriente ACTIVA dada de alta con la suficiente antelación en el sistema GIRO de la Junta de Andalucía para poder completar el proceso de pago a más tardar el día 30 de septiembre de este año.

Enlace para el alta y el mantenimiento de cuentas bancarias en el sistema GIRO

En dicho enlace encontrará asimismo el Manual de Usuario de Información de Pagos de la Junta de Andalucía y servicios asociados. También puede contactar con las entidades reconocidas para la gestión de las ayudas PAC para realizar este trámite

Para cualquier problema o cuestión relacionada con este servicio de información ha de dirigirse al Centro de Información y Servicios CEIS, rellenando su formulario para solicitudes de servicio (enlace al formulario) o a través de los teléfonos 012 o 955 012 012.

Otros requisitos

Para la percepción de la ayuda será necesario que la persona beneficiaria se encuentre al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda.

Centro de atención a la ciudadanía

Para el personal técnico de las Entidades Reconocidas (EERR), pueden formular sus dudas e incidencias en relación a la solicitud de estas ayudas, a través de la aplicación de gestión de incidencias Agricultura Responde (ARES), operativo todos los días las 24 horas

Para las personal individuales y personal técnico de las EERR también está operativo el soporte telefónico a través de un centro de atención telefónica (call center), con horario garantizado de lunes a viernes de 9:30 a 14:00 horas, a través del teléfono gratuito 900 841 011.

Teléfono
955032000
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