¿Qué clases de operadores profesionales existen en el ROPVEG?

Según el artículo 5 del Real Decreto 1054/2021, los operadores se clasifican según la especie o el grupo de especies con los que operan, de acuerdo con lo establecido en el anexo I, en las siguientes clases:
    a) Productor (mantenedor, multiplicador, recolector, procesador o sin categoría).
    b) Comerciante.
    c) Operadores de madera y embalajes de madera.
    d) Almacenes colectivos, centros de expedición y empresas de logística.
    e) Empresas acondicionadoras de grano para siembra.
    f) Empresas de servicios de germinación de semillas.
    g) Exportadores.
    h) Importadores.

Los productores no tendrán que registrarse como comerciantes del grupo de especies que producen. Sí tendrán que registrarse como comerciantes para los grupos que solamente comercialicen.

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