¿Qué obligaciones tienen los operadores registrados?

  • Presentar una solicitud de inscripción en el registro que contenga una información sobre:
    • Datos de contacto, categoría del operador, grupos vegetales, dirección de las instalaciones y localización de las parcelas permanentes, tipo de actividad que realiza.
    • Presentar la primera Declaración de cultivo  para los que tienen la categoría de productores, y que incluirán los campos permanentes y los no permanentes (incluidas las parcelas de agricultores colaboradores). Se entregarán anualmente en unas fechas establecidas y con anterioridad a la producción.
    • Presentar el plan eficaz  de medidas de lucha contra plagas reguladas que debe seguir, este requisito es para aquellos operadores que vayan a expedir el pasaporte fitosanitario. 
  • Actualizar la información del ROPVEG si se producen modificaciones. Las relativas al nombre, dirección de la sede social o los datos de contacto, se han de actualizar en un plazo de treinta días desde que se produzca el cambio. Para el resto de datos deberá comunicarlo antes de las fechas establecidas en el Real Decreto 1054/2021.
  • Disponer de registros de cada una de las unidades comerciales con la información de los operadores profesionales que las han suministrado, de los operadores profesionales a los que se les ha suministrado y toda la información relativa al pasaporte fitosanitario. Esta información se conservará durante al menos tres años.
  • Disponer de documentación de cada unidad comercial referidas en el registro del punto anterior y conservarlas durante un plazo mínimo de tres años.
  • Disponer de un sistema de trazabilidad que identifique, a lo largo del tiempo, las actuaciones realizadas en las instalaciones de manejo para garantizar la sanidad vegetal y los traslados de aquellos vegetales, productos vegetales y otros objetos dentro de sus instalaciones y entre ellas.
  • Debe facilitar el acceso a la información sobre las actuaciones realizadas en las instalaciones, los traslados de los vegetales, productos vegetales y otros objetos y entre las instalaciones a la autoridad competente cuando lo solicite. 
  • En el caso de operadores autorizados a la emisión de pasaporte fitosanitario, además de cumplir las obligaciones anteriormente descritas para los operadores registrados, deberán cumplir las obligaciones específicas para los mismos.
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955032000
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