Ensayos con productos fitosanitarios

Los ensayos que se desarrollan como parte de la documentación para el registro de un producto fitosanitario han de ejecutarse con unos estándares de calidad mínimos y con unas condiciones que garanticen la seguridad y la mitigación de los riesgos para la salud humana y el medio ambiente.

El Real Decreto 285/2021 actualiza las disposiciones a cumplir para el funcionamiento de las empresas acreditadas para la ejecución de este tipo de ensayos. En concreto, en el Capítulo V, define, entre otros aspectos:

  • Los requisitos necesarios para la realización de ensayos con productos fitosanitarios.
  • El establecimiento del Registro Oficial de Empresas que realicen ensayos con productos fitosanitarios
  • La duración y las obligaciones de la autorización de ensayos con productos fitosanitarios.
  • Las renovaciones y extinciones de las autorizaciones de ensayos con productos fitosanitarios.
  • Inspección y control de los ensayos.

.

Comunicación de ensayos de campo con productos fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Andalucía

Las entidades inscritas en el Registro Oficial de Empresas Autorizadas para la realización de ensayos con productos fitosanitarios deberán notificar los ensayos o planes de ensayos al órgano competente de la comunidad autónoma donde vayan a realizarse los mismos, según lo dispuesto en el articulo 19 del Real Decreto 285/2021, de 20 de abril.

La comunicación de la realización del ensayo debe realizarse previamente al comienzo del mismo, y rebe realizarse de modo telemático accediendo a la oficina virtual de esta Consejería a través de procedimiento designado a tal efecto:

Teléfono
955032000
Buzón de consultas
Índice