

Las prospecciones realizadas hasta la fecha en Andalucía para determinar la presencia de Rhynchophorus ferrugineus, indican su extensión en todo el territorio andaluz, por este motivo se ha hecho necesario declarar toda la Comunidad Autónoma como zona demarcada y establecer en ella, las medidas fitosanitarias obligatorias establecidas en el artículo 9 del Decreto 77/2010, de 23 de marzo por la que se califica de utilidad pública la lucha contra el curculiónido ferruginoso de las palmeras (Rhynchophorus ferrugineus Olivier).
En el siguiente enlace puede consultar la Resolución donde se establece la Comunidad Autónoma de Andalucía como Zonas Demarcada por el organismo nocivo Rhynchophorus ferrugineus: